REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE SENTENCIA ORAL

En el día de hoy, martes, veintiuno (21) de mayo de 2013, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia oral de la apelación en la causa que sigue los ciudadanos LUIS ALEXIS BERROTERAN, JOSE REGALADO Y JESUS PEREZ titular de la Cédula de Identidad N° 8.753.332, 6.389.459, 4.673.283, respectivamente contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ZAMORA en virtud de la apelación interpuesta por la abogada CLAUDIA CASTRO inscrita en INPREABOGADO bajo el N°.76.601 actuando en su carácter de apoderada judicial de los accionantes contra la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de octubre de 2012 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas, la cual cursa en el expediente N° 2014-13 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia del ciudadano JOSÉ ANTONIO REGALADO HERRERA titular de la cedula de identidad numero 6.389.459, LUÍS ALEXIS BERROTERAN titular de la cedula de identidad numero 8.753.332 y del ciudadano JESÚS PÉREZ ROSAS titular de la cedula de identidad numero 4.673.283 en su carácter de parte actora respectivamente, igualmente se encuentra presente de la ciudadana abogada DEIMY DEL VALLE LEEN MARTINEZ inscrita en INPREABOGADO bajo el N° 96.040 actuando en su carácter de abogado asistente de los accionantes, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana abogada OLGA TERESA SANCHEZ TOVAR inscrita en el INPREABOGADO numero 68.689, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada . Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la abogada CLAUDIA CASTRO inscrita en INPREABOGADO bajo el N°.76.601 actuando en su carácter de apoderada judicial de los accionantes contra la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de octubre de 2012 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA que sigue los ciudadanos LUIS ALEXIS BERROTERAN, JOSE REGALADO Y JESUS PEREZ titular de la Cédula de Identidad N° 8.753.332, 6.389.459, 4.673.283, respectivamente contra la ALCALDIA DEL MUNICIPIO ZAMORA. TERCERO: SE CONFIRMA la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de octubre de 2012, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas. CUARTO: SE RATIFICA los conceptos y derechos condenados en la sentencia dictada en fecha diecisiete (17) de octubre de 2012 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas, establecido en forma cuantificada por esta alzada. QUINTO: SE MODIFICA la sentencia en los siguientes aspectos: 1.-INTERESES MORATORIOS el artículo 92 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela debe ser calculados desde la terminación de la relación laboral hasta la fecha de la sentencia firme calculados por el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución que corresponda. 2.- LA CORRECION MONETARIA desde la fecha de la notificación de la demandada hasta la fecha de la sentencia firme calculados por el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución. SEXTO: No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, cuando comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los veintiún (21) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR

ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA




ACCIONANTES








ABOGADO ASISTENTE DE
LOS ACCIONANTES Y APELANTE






REPRESENTACION JUDICIAL DE
LA PARTE DEMANDADA





EXP. 2014- 13
AHG/ICT