REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE SENTENCIA ORAL

En el día de hoy, jueves, treinta (30) de mayo de 2013, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el dictamen de la sentencia de la audiencia de apelación en la causa que sigue la ciudadana MIRNA ANTONIA MUÑOZ titular de la cedula de identidad numero 8.758.978, respectivamente, contra las co-demandadas LABORATORIOS BEHERENS, C.A. y DISTRIBUIDORA ALMACENADORA DIALCA, C.A. en virtud de la apelación interpuesta por la abogada LISTNUBIA MENDEZ inscrita en INPREABOGADO bajo el N°.59.196 actuando en su carácter de apoderada judicial de las co- demandadas contra la sentencia dictada en fecha once (11) de enero de 2013 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas, la cual cursa en el expediente N° 2011-13 (nomenclatura de este Juzgado).-Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, de la ciudadana abogada DEIMY DEL VALLE LEEN MARTINEZ inscrita en el INPREABOGADO numero 96.040 en su carácter de apoderada judicial de la parte accionante así como también de la ciudadana abogada LISTNUBIA DEL CARMEN MENDEZ GONZALEZ inscrita en el INPREABOGADO numero 59.196 en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada y apelante. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Acto seguido se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACION interpuesta por la abogada LISTNUBIA MENDEZ inscrita en INPREABOGADO bajo el N°.59.196 actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada LABORATORIOS BEHERENS, C.A contra la sentencia dictada en fecha once (11) de enero de 2013 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas. SEGUNDO: CON LUGAR LA APELACION interpuesta por la abogada LISTNUBIA MENDEZ inscrita en INPREABOGADO bajo el N°.59.196 actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada DISTRIBUIDORA ALMACENADORA DIALCA, C.A. contra la sentencia dictada en fecha once (11) de enero de 2013 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas, en cuanto a la falta de cualidad opuesta. TERCERO: SE MODIFICA la sentencia dictada en fecha once (11) de enero de 2013 dictado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Guarenas en relación a la exclusión a la entidad de trabajo DISTRIBUIDORA ALMACENADORA DIALCA, C.A., se condena el pago de la indemnización establecida a la entidad de trabajo LABORATORIOS BEHERENS , C.A, por la suma de bolívares ochenta y cuatro mil treinta y nueve con cuarenta y cinco (Bs. 84.039,45), establecido por el Instituto Nacional de Prevención Salud y Seguridad Laboral (INPSASEL) CUARTO: No hay condenatoria en costas, en contra de DISTRIBUIDORA ALMACENADORA DIALCA, C.A. QUINTO: Se condena en costas, a la LABORATORIOS BEHERENS, C.A, por la audiencia de apelación. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, cuando comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los treinta (30) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA

APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE ACCIONANTE


APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA Y APELANTE


EXP. 2011- 13
AHG/ICT