REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO ZAMORA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
Guatire, 22 de Mayo de 2013
202° y 154°
Visto el escrito que antecede de fecha 21 de Mayo de 2013, presentado por los ciudadanos MARBELIS MERCEDES RODRÍGUEZ ANGARITA, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos ALEJANDRO ELOY ZAVALA VILLAIZAN, ALISE JOSEFINA VILLASMIL CASTRO y VIRGINIA MARIELA VILLASMIL CASTRO, parte Actora en el presente juicio; y la ciudadana MARIA CAROLINA QUEVEDO, procediendo en su carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada, respectivamente, mediante la cual celebran acuerdo transaccional de cumplimiento del dispositivo del fallo de fecha 22 de Marzo de 2013, este Tribunal observa:
“Artículo 525: Las partes podrán de mutuo acuerdo que conste en autos, suspender la ejecución por un tiempo que determinarán con exactitud, así como también realizar actos de composición voluntaria con respecto al cumplimiento de la sentencia. Vencido el término de la suspensión o incumplido el acuerdo, continuará la ejecución conforme lo previsto en este Título.” (Negrillas del Tribunal).-
En consecuencia de la norma antes transcrita, este Juzgado le imparte su homologación en los mismos términos en que fue suscrito. Así mismo en caso de incumplimiento del acuerdo celebrado, se continuará la ejecución conforme a lo convenido por las partes y en cumplimiento a lo establecido en el Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.-
LA JUEZA PROVISORIA,
Abg. ANA MARIA BONAGURO BLANCO
LA SECRETARIA,
Abg. MARISOL GONZALEZ RONDON
EXP: 3426-12.-
AMBB/MGR/Neil.-