Vista la copia de la sentencia de fecha 19 de julio de 2013, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, debidamente bajada de la página web del Tribunal Supremo de Justicia, constante de cinco (5) folios útiles, este tribunal acuerda agregar las copias al presente expediente.
Así mismo observa esta Juzgadora que la decisión de fecha 19 de julio de 2013, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, confirma la sentencia de fecha 11 de octubre de 2001, dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. En consecuencia archívese el expediente, así como su desincorporación del inventario de causas llevado por este tribunal.
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