REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO TÁCHIRA
203º y 153º

EXPEDIENTE: SPO1-L-2012-793
DEMANDANTE: NIDIA SAENZ, GERONIMO GOICOCHEA, ARNALDO MEDINA Y JHON SÁNCHEZ, titulares de las cédulas de Identidad Nros: V-13.708.242, 14.234.439, 14.217.255 y 16.611.951.

ABOGADO DEL ACTOR: ANA QUINTERO, inscrito bajo el IPSA Nro: 58.895.
DEMANDADA: LÁCTEOS LA VAQUITA C. A, y Gonzalo Armando Vega y Cecilia Bautista Mutis, titulares de las cédulas de Identidad Nro: V-5.324.528 y E-81.194.610.

ABOGADO DE LA DEMANDADA: PEDRO MALDONADO USECHE, inscrito bajo el IPSA Nro: 115.985.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.



En el día de hoy, lunes 20 de Mayo de 2013, siendo las 10:00am, fecha y oportunidad para que tenga lugar la prolongación a la Audiencia preliminar, previo anuncio de Ley realizado por el Alguacil de este Tribunal, presentes los trabajadores, y los Abogados de ambas partes anteriormente mencionados; la ciudadana Juez de este Despacho, una vez iniciada la Audiencia de conformidad con lo establecido en el articulo 126 y 129 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejo constancia de la comparecencia de las mismas, y les concedió un tiempo prudencial para que expusieran sus argumentos, en este estado se le otorgó el derecho de palabra a el abogado de la demandada, quien en representación de ellas expone: reciba en total la cantidad de CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs.47.200,00), los cuales le serian cancelados ante este Tribunal a los trabajadores NIDIA JEANETH SAENZ MORALES, GERONIMO ENRIQUE GOICOCHEA, ARNALDO JAVIER MEDINA SANCHEZ Y JHON EDICSON SÁNCHEZ DE PABLOS, titulares de las cédulas de Identidad Nros: V-13.708.242, 14.234.439, 14.217.255 y 16.611.951, DE LA MANERA SIGUIENTE: en fecha de mañana dos cheques uno por Bs.13.200 y otro por Bs.4.000,00 para GERONIMO ENRIQUE GOICOCHEA y JHON EDICSON SÁNCHEZ DE PABLOS, para NIDIA JEANETH SAENZ MORALES se le entregarán fecha 31-05-2013 la cantidad de Bs.12.000,00 y para el ciudadano ARNALDO JAVIER MEDINA SANCHEZ se le cancelarán Bs.18.000,00 en dos pagos de Bs.9.000,00 cada uno, el primero para el 24-05-2013, más el segundo y último pago para el día 07-06-2013, más el monto total de la cancelación de una multa que le fue impuesta a nombre de dicho trabajador por un vehículo propiedad del demandado, recibo que traerá cancelado a este Tribunal y que se compromete a pagarla antes de ARNALDO JAVIER MEDINA SANCHEZ recibir su último y segundo pago. En este momento se instó a las partes actoras a considerar la cantidad ofertada para poder darle fin al proceso, y de esta manera satisfacer la acreencia que por derecho les corresponden al pago de lo demandado. Oída por las partes las sugerencias de la titular de este Tribunal Quinto de Primera Instancia del Circuito Laboral del Estado Táchira; las partes actoras aceptan la propuesta realizada por la parte demandada, señalan estar conforme con el monto del cual no les restarían nada a deber por dichos conceptos reclamados en ésta demanda; este Tribunal visto el acuerdo lo HOMOLOGA, se le otorga el carácter de cosa juzgada, dándose por concluido el presente proceso de conformidad con lo establecido por el artículo 133 de La Ley Orgánica Procesal del Trabajo; se decide expedir 04 copias certificadas de la presente acta, se hace entrega de las pruebas y se no se ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en actas su último pago efectivo. Es todo, termino se leyó y conformes firman:

LA JUEZ,


Dra. YALENA MORA




PARTE ACTORA.




PARTE DEMANDADA



Apoderada de los actores



La secretaría.

Exp:2012-793.