REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES

Los Teques, 14 de mayo de 2013
203° y 154°
CAUSA No. 1E-293/13
JUEZ: NÉLIDA CONTRERAS ARAUJO
SECRETARIA: CAROLINA VENTO GARCÍA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL DEL MINISTERIO PÚBLICO: TONY RODRIGUES GARAY, Fiscal Décimo del Ministerio Público con competencia en régimen penitenciario y ejecución de sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.

VICTIMA: WILMER JESÚS RODRIGUEZ GONZALEZ (occiso).

PENADO: DARWIN ALBERT ALTUVE MENESES, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido el día 15-07-1986, hijo de Alida Josefina Meneses y Luis Alberto Altuve, titular de la cédula de identidad personal número V-18.233.446, de estado civil soltero, de oficio obrero, y con último domicilio en el Sector Brisas de Oriente, Calle La cruz, casa sin número, estructura de bloques, a dos casas de la Bodega del Señor Dennos, estado Miranda.

DEFENSA: REGINA LAYA, adscrita a la Unidad de Defensa Pública de la Circunscripción Judicial del estado Miranda, con sede en Los Teques.

DELITO: SICARIATO, previsto y sancionado en el artículo 12 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada.
Visto que el ciudadano DARWIN ALBERT ALTUVE MENESES, titular de la cédula de identidad personal número V-18.233.446, quien fuera condenado en fecha catorce (14) de marzo del año dos mil trece (2013), por el Tribunal de primera instancia en función de juicio, No. 03, del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, a cumplir pena de dieciséis (16) años y ocho (08) meses de prisión, por ser autor responsable del delito de sicariato, previsto y sancionado en el artículo 12 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, así como condenado al cumplimiento de las penas accesorias establecidas en el artículo 16 eiusdem, se encuentra actualmente recluido en el Centro Penitenciario de Aragua, con sede en Tocorón, dando cumplimiento a tal pena principal impuesta, y siendo que el día 25/04/2013 se ejecutó y practicó cómputo de pena correspondiente, y en data 06/05/2013 se emitió pronunciamiento de vigilancia y control, se impone, por tanto, para esta Juzgadora, acordar lo conducente en aras de ser notificado el ut supra mencionado ciudadano de tales actuaciones.
En consecuencia, dado que se encuentra la persona del condenado, ciudadano DARWIN ALBERT ALTUVE MENESES, ut supra identificado, cumpliendo pena en el Centro Penitenciario de Aragua, con sede en Tocorón, por disposición del Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, específicamente en su Dirección Nacional de Servicios Penitenciarios, debiendo ser el mismo notificado de pronunciamientos proferidos, resultando de difícil cumplimiento una orden de traslado del precitado penado desde el establecimiento de actual reclusión a la sede de este Tribunal a los solos fines de la aludida notificación, considerada como es la distancia existente entre ambas localidades, a saber, Tocorón, estado Aragua, y Los Teques, estado Miranda, es por lo que, en aplicación analógica de la norma del artículo 235 del Código de Procedimiento Civil la cual reza “Todo Juez podrá dar igual comisión a los que sean de igual categoría a la suya, siempre que las diligencias hayan de practicarse en un lugar hasta donde se extienda la jurisdicción del comisionado, y que este lugar sea distinto del de la residencia del comitente”, se acuerda librar en nombre de la República Bolivariana de Venezuela exhorto a Tribunal de primera instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con sede en Maracay, a los fines antes indicados, esto es, la notificación al penado, de conformidad con el primer aparte del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, y para cuya comisión se remitirá copias fotostáticas debidamente certificadas por secretaría de las actuaciones a la cual obedece, siendo que una vez practicada la notificación en comento deberán remitirse las actuaciones correspondientes a sus resultas a la sede de este Juzgado. Y así se declara.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de primera instancia en función de ejecución, No. 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en la competencia que le atribuyen los artículos 69 y 471 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite el pronunciamiento siguiente: ÚNICO: Por cuanto el ciudadano DARWIN ALBERT ALTUVE MENESES, titular de la cédula de identidad personal número V-18.233.446, se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Aragua, con sede en Tocorón, cumpliendo la condena que le fuera impuesta, y siendo que debe el mismo ser notificado de auto de ejecución y cómputo de pena practicado en data 25/04/2013, y, pronunciamiento de vigilancia y control proferido el día 06/05/2013, resultando de difícil realización su traslado desde el referido establecimiento carcelario a la sede del órgano jurisdiccional, atendida como es la distancia existente entre ambas localidades, es por lo que, en aplicación analógica de la norma del artículo 235 del Código de Procedimiento Civil referida a la comisión, se acuerda librar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, exhorto a Tribunal de primera instancia en funciones de ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, con sede en Maracay, ello a los fines antes indicados, esto es, la notificación al penado, de conformidad con el primer aparte del artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, de las actuaciones antes referidas, remitiéndose para la ejecución del exhorto copias fotostáticas debidamente certificadas por secretaría de las actuaciones a la cual obedece, manteniendo este Tribunal conocedor del asunto con sede en la ciudad de Los Teques la competencia para decidir todo lo concerniente a la ejecución de la pena impuesta.
Publíquese, regístrese, déjese copia debidamente certificada por secretaría del presente pronunciamiento, notificándose de ello a las partes, con libramiento de oficio correspondiente a efectos de la remisión de las actuaciones indicadas.
LA JUEZ

NÉLIDA CONTRERAS ARAUJO

LA SECRETARIA

CAROLINA VENTO GARCÍA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado, haciéndose publicación y registro del pronunciamiento proferido, dejándose, asimismo, copia autorizada en los archivos del Tribunal, librándose, por su parte, boletas de notificación al Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con competencia en régimen penitenciario y ejecución de sentencias, y a la Defensa Pública, así como oficio número 1111/2013, todo lo cual certifico.


LA SECRETARIA

CAROLINA VENTO GARCÍA











NCA/lila*
Causa Nro. 1E-293-13

Penado: DARWIN ALBERT ALTUVE MENESES
Asunto: Exhorto para notificar al penado
Cuatro (04) folios. 14-05-2013
Sin enmiendas