JUZGADO DEL MUNICIPIO URDANETA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
CUA, DIECIOCHO (18) DE NOVIEMBRE DE 2013.-
203° y 154°
SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL
EXPEDIENTE N° 1062-09.-
JUEZ: Dra. JOSEFINA GUTIERREZ.
IMPUTADO: IDENTIDAD PROTEGIDA.
VICTIMA: LA COLECTIVIDAD.
FISCAL: Abg. VERÓNICA BRIGHT PETER ROJAS. Fiscal Auxiliar 17mo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
Visto el escrito presentado por la Abg. Verónica Bright Peter Rojas, en su carácter de Fiscal Auxiliar 17ma del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, mediante el cual solicita el Sobreseimiento Provisional, de conformidad con lo previsto en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en la causa seguida al joven adulto IDENTIDAD PROTEGIDA, por la presunta comisión del delito de Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, este Tribunal para decidir observa:
PRIMERO
LOS HECHOS
En fecha 06 de agosto de 2009, siendo aproximadamente las 07:30 horas de la noche, funcionarios policiales adscritos al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Urdaneta de Estado Miranda, con sede en Cúa, realizaban labores de patrullaje por la calle Carlos Gardel del Municipio Urdaneta cuando avistaron a un ciudadano que al notar su presencia optó por una conducta sospechosa y evasiva, lanzando un objeto al suelo y a su vez introduciéndose a un local de nombre las tres (03) “Y”, que funciona como taller de reparación de maquinas video juegos, al darle la voz de alto fue acatada por el mismo, al serle realizarle la inspección personal le incautaron no le fue incautado ningún objeto de interés criminalístico, al realizar la inspección ocular del lugar, para ubicar el objeto lanzado por el ciudadano, colectaron adyacente al mencionado local, un (01) envase de material sintético multicolor con las inscripciones de la marca FRICA, contentivo en su interior de una 01) bolsa de material sintético transparente contentiva de ocho (08) envoltorios de material sintético de color negro de los cuales seis (06) atados en su único extremo con un hilo de color azul y los otros dos (02) con un hilo de color negro, todos contentivos en su interior de restos de semillas vegetales de presunta droga, de igual forma de Cincuenta y tres (53) envoltorios confeccionados de papel aluminio, cada uno contentivos en su interior de una sustancia compacta de color blanca de presunta droga, también colectaron del suelo la cantidad de Doscientos Ochenta y Cuatro bolívares fuertes (284 Bs.f) en papel moneda de aparente curso legal, por lo que fue trasladado al Comando Policial, donde procedieron a pesar la presunta droga incautada en una Balanza Digital, marca Diamond, modelo 500, arrojando un peso de 37 gramos, en la Comisaría el aprehendido fue identificado como IDENTIDAD PROTEGIDA, quien contaba con 17 años de edad. Folio 3 y su vuelto.-
Ahora bien, de la revisión efectuada a las actas que conforman el presente expediente se observa que cursan el ella:
Acta policial de aprehensión, de fecha 06-08-2009, suscrita por los funcionarios, Detective WILLIAN HERNÁNDEZ y Agente TERÁN MIGUEL, adscritos al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Urdaneta del Estado Miranda, Cúa, en la cual dejan constancia de la aprehensión del entonces adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA. Folio 3 y su vuelto.-
Acta de Audiencia Oral de Presentación, efectuada por ante el Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de esta misma Circunscripción Judicial, con sede en Charallave, en la cual le fue impuesto al entonces adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA, las medidas cautelares previstas en los literales b), c) y f) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Folios 16 al 21.-
En fecha 11-08-2009, se le da entrada al presente expediente en el libro de causas penales llevado por este Tribunal.- Folio 33.-
En fecha 16-11-2009, la Secretaria de este Tribunal expide Constancia, el cual expresa el cumplimiento de la medida de presentación por parte del entonces adolescente IDENTIDAD PROTEGIDA. Folio 63.-
En fecha 18-10-2013, se recibe escrito de Sobreseimiento Provisional de la causa de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, emanado de la Fiscal 17° del Ministerio Público, mediante el cual manifiesta que estima procedente considerar que en el presente caso lo actuado resulta insuficiente y no existe la posibilidad inmediata de incorporar nuevos elementos que permitan el ejercicio de la acción. Folio 67 y 70 con su anexo folio 71.-
SEGUNDO
FUNDAMENTO DE DERECHO
Por lo antes expuesto, este Juzgado considera procedente y ajustado a derecho, DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la presente causa, conforme a lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. ASI SE DECLARA.
TERCERO
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DE LA PRESENTE CAUSA, instruida por el delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto en el artículo 31 de la Ley Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, vigente para el momento de los hechos, seguida contra el joven adulto IDENTIDAD PROTEGIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 561 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. ASI SE DECIDE.-
Notifíquese a las partes a las partes.
Regístrese, diarícese y déjese copia debidamente certificada por la Secretaria de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Juzgado del Municipio Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Cúa a los dieciocho (18) días del mes de noviembre del año 2013.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
En esta misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en la decisión que antecede.
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
EXP: 1062-09.-
JG/Bet.-
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