REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 12 de Noviembre de 2013
203º y 154º

Vista la Apelación de esta misma fecha, interpuesta por el Abogado CARLOS JOSÉ ZAVARSE PABÓN, con el carácter que tiene acreditado en autos, contra el auto dictado por éste Tribunal en el cuaderno de medidas en fecha 05 de Noviembre del presente año, SE OYE A UN SOLO EFECTO LA APELACIÓN interpuesta. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil y en acatamiento de las sentencias dictadas por la Sala de Casación Civil la primera con Ponencia conjunta en fecha 10 de Diciembre de 2009 y la segunda con Ponencia de la Magistrada Iris Armenia Peña Espinoza, de fecha 10 de marzo del año en curso, en las que se estableció:
“omisis… las competencias de los Tribunales de la Republica Bolivariana de Venezuela, se redistribuyó mediante Resolución emanada de la Sala Plena de este Máximo Tribunal, determinando que a los Juzgados de Municipio corresponderá la competencia para conocer en primera instancia; de los asuntos contenciosos que no excedan de tres mil unidades tributarias(3.000 U.T.); y de manera exclusiva y excluyente de todos los asuntos de jurisdicción voluntaria y no contenciosa en materia civil, mercantil y familia donde no intervengan niños, niñas y adolescentes, siendo que por vía de consecuencia, las apelaciones que se interpongan contra las decisiones dictadas por los referidos Juzgados de Municipio, los cuales actuaran como jueces de primera instancia, deberán ser conocidas por los mismos tribunales que conocerían las proferidas por los jueces de primera instancia, esto es, los Juzgados Superiores con competencia en lo Civil en la Circunscripción Judicial, a la que pertenece el Juzgado de Municipio.”,
Ahora bien por cuanto la presente causa fue presentada y admitida con posterioridad al 02 de Abril de 2009, fecha de publicación en la Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela de la referida resolución, se ordena remitir el expediente principal constante de dos piezas y el cuaderno de medidas al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, a los efectos de la apelación.
LA JUEZ TITULAR

DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se libró Oficio N° 2013/744 al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda
LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE


JVA/cr/ad.-
EXP N° 1728/2012