REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES

Los Teques, diecinueve (19) de noviembre de dos mil trece (2013)
203° y 154°
EXPEDIENTE N° 13-3611

PARTE ACTORA: Ciudadanas MILAGRO DEL VALLE MARTÍNEZ MACAYO y YOLIS VER MEJÍAS MARTÍNEZ, venezolanas mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad V-9.857.672 y V-14.395.404 respectivamente.
REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado GERMÁN CORONADO, titular de la Cédula de Identidad V- 5.703.899 e inscrito en el Inpreabogado Nº 54.566.
PARTE DEMANDADA: Entidad laboral MANUFACTURAS TITINA C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 15 de enero de 1991, bajo el Nº 5, Tomo 15-A Segundo
REPRESENTACIÓN DE LA PARTE DEMANDADA: Abogadas ROSALBA COROMOTO VISO FAJARDO, titular de la Cédula de Identidad V-6.877.525 e inscrita en el Inpreabogado Nº 65.621 y JUANA EMILIA ALOISI RIVERO titular de la Cédula de Identidad V-6841.533 e inscrita en el Inpreabogado Nº 31.293.
MOTIVO: DIFERENCIA DE BENEFICIOS LÍQUIDOS

AUDIENCIA PRELIMINAR CLAUSURA
DESISTIMIENTO
ACTA
En horas de despacho del día de hoy, 19 de noviembre de 2013, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijado para la celebración de la prolongación de la AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento por diferencia de utilidades interpuesto por las ciudadanas MILAGRO DEL VALLE MARTÍNEZ MACAYO y YOLIS VER MEJÍAS MARTÍNEZ, venezolanas mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad V-9.857.672 y V-14.395.404 respectivamente, contra la entidad laboral MANUFACTURAS TITINA C.A. inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 15 de enero de 1991 bajo el Nº 5, Tomo 15-A Segundo. Se anunció el acto a la entrada del Tribunal, y hace acto de presencia: la abogada ROSALBA COROMOTO VISO FAJARDO, titular de la Cédula de Identidad V-6.877.525 e inscrita en el Inpreabogado Nº 65.621 representante judicial de la demandada tal como se evidencia de los autos, no compareciendo la parte actora ni por si ni por medio de representante judicial alguno. Acto seguido, iniciada la audiencia, la Juez deja expresa constancia de la incomparecencia de las accionantes a la prolongación de la Audiencia Preliminar, en consecuencia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DESISTIDO EL PRESENTE PROCEDIMIENTO, TERMINADO EL PROCESO, Y EXTINGUIDA LA INSTANCIA. Se solicita a la Secretaria del Juzgado expedir copias certificadas de la presente acta tal como lo preceptúa el artículo 22 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Es todo terminó y conformes firman.-
PUBLÍQUESE REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN EN LAS ACTAS DEL EXPEDIENTE Y PUBLÍQUESE EN EL SITIO WEB DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA EN EL ESPACIO REGIONES, SECCIÓN MIRANDA
Dictada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, en Los Teques, a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Es todo terminó y conformes firman.-

JASMINE MORELLA GARCÍA
LA JUEZ
REPRESENTANTE JUDICIAL DE LA DEMANDADA

JAHINY GUEVARA
LA SECRETARIA

Nota: En la misma fecha de hoy 19 de noviembre de 2013, se publicó y registró esta decisión previo cumplimiento de los requisitos de Ley.
JAHINY GUEVARA
LA SECRETARIA
EXP 13-3611
JMG./JGV.