REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 203° y 154°
ACTA
ASUNTO Nº SP01-L-2013-000521
PARTE ACTORA. ERNESTO JOSE HERNANDEZ FERNANDEZ, identificado con la cédula Nro. V-5.326.028
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: BRAULIO CESAR SANCHEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.640
PARTE DEMANDADA: MORRIS CLUB C.A. , ROBERTO MORRIS VANEGAS y CHRISTIAN MORRIS
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: PEDRO GERARDO PINEDA CARDENAS, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.118.916.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, 6 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la Audiencia Preliminar, se hizo presente por la parte actora el apoderado judicial abogado BRAULIO CESAR SANCHEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nro.38.640 asimismo se hizo presente la abogada BILMA CARRILLO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.129.288 como apoderada judicial del ciudadano CHRISTIAM ROBERTO MORRIS MENDIETA, identificado con la cédula Nro.V-15.774.720, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora la suma de NOVENTA MIL BOLIVARES (Bs.90.000,oo) pagaderos de la siguiente manera: 1.Bs.45.000,oo en este acto mediante cheque de gerencia Nro.00131454 contra el Banco Provincial y 2.Bs.45.000,oo el día 25 de noviembre de 2013, a las 10:00 de la mañana en la sede del Tribunal. Por su lado la parte actora acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por el objeto del presente juicio. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA, le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Ambas partes reciben las pruebas promovidas. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandante, La Parte Demandada,
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