REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, jueves, treinta y uno (31) de octubre de 2013, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa que sigue LEONIDES HERNANDEZ DELGADO, WUILMAN JOSE SALAS CAMACHO, JOSE ENRIQUE GONZALEZ, HECTOR JOSE BELLORIN GONZALEZ, ROBERTO ENRIQUE ALFONZO NIEVES Y PEDRO PABLO CHACON VELAZCO. contra CONSTRUCTORA NACIONAL DE VALVULAS C.A. (CNV), virtud de la apelación interpuesta por la ciudadana abogada IREDDY MARTINEZ inscrita en el en INPREABOGADO bajo el N° 193.103 actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el Auto dictado en fecha 04 de octubre de 2013 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 13-2084 (nomenclatura de este Juzgado).-Se deja constancia de la comparecencia de las ciudadanas abogadas IREDDY MARTINEZ y DEIMY DEL VALLE LEEN MARTINEZ inscrita en el en INPREABOGADO bajo el N° 193.103 y 96.040 respectivamente, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante y apelante. Igualmente se deja constancia de la no comparecencia de la parte demandada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte accionante y apelante, cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Concluida la exposición de la parte, el ciudadano Juez, anunció que precedería sentenciar por cuanto la presente causa tenia similitud con la sentencia en la causa 13-2081, por ser contra el mismo auto dictado por el Juez Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de este Circuito Judicial y Sede, procediendo a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana abogada IREDDY MARTINEZ inscrita en el en INPREABOGADO bajo el N° 193.103 actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, contra el Auto dictado en fecha 04 de octubre de 2013 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. SEGUNDO: Se anula el auto dictado en fecha 04 de octubre de 2013 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. TERCERO: Se ordena al Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, proceda al calculo de los interés de mora e indexación monetaria establecido en el articulo 185 de la ley orgánica procesal del trabajo, de acuerdo a los parámetros que se establecerán en esta Alzada. CUARTO: No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, treinta y un (31) Del día del mes de octubre del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR

ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA

APODERADAS JUDICIAL DE
LA PARTE APELANTE DEMANDANTE


Exp 13-2084
AHG/ICT