JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 09 de Octubre de 2013.

203° y 154°

Vista la diligencia de fecha 08 de Octubre de 2013, suscrita por los apoderados judiciales de parte demandada y la parte demandante, abogados: YLI KATIUSKA CALDERÓN MENDOZA y FRANCISCO ANDRÉS RODRÍGUEZ RANGELS, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros 122.249 y 111, 513, respectivamente, mediante la cual, solicitan a este Juzgado la suspensión del procedimiento, a partir de esa misma fecha, hasta el día 14 de Octubre del presente año, ambos inclusive, a los fines de gestionar lo inherente a la redacción del acuerdo transaccional y la debida adquisición del cheque de gerencia, por cuanto estos llegaron a un acuerdo por la cantidad de Bolívares Setenta Mil (Bs. 70.000,00), este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado; en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la suspensión del procedimiento durante el lapso mencionado, hasta el día 14 de Octubre de 2013, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 202 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, aplicado de manera lógica, a tenor de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejando expresa constancia que vencido dicho lapso, se reanudara el procedimiento el estado en que se encuentra. Es todo.-




ADOLFO HAMDAN GONZÁLEZ
JUEZ SUPERIOR



EDINET VIDES ZAPATA LA SECRETARIA






EXP.N°.13-2061
AHG/EVZ/frrl