REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA
DE SUSTANCIACION, MEDIACION y EJECUCION DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN CHARALLAVE
Charallave, 24 de Octubre de 2013
Años 203º y 154°
Vista la diligencia realizada en fecha veintiuno (21) de Octubre de 2013, por el ciudadano MORILLO MORILLO NILSÓN RAFAEL, titular de la cédula de identidad número V- 9.480.632, parte demandante en el presente procedimiento, debidamente asistido por la Abogada CARMEN GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 72.569, por una parte y por la otra el Abogado WILLIAN ROSENDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.506, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionada sociedad mercantil “INVERSIONES CHICHARRONERA UN RINCÓN DEL JUNQUITO EN LA RAIZA, C.A.”, mediante la cual dejan constancia que el Apoderado Judicial de la parte accionada arriba identificada, a los fines de dar cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 05/03/2013, por el Juzgado Accidental de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, ofrece cancelar la cantidad de CINCUENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 52.000,00), en dos (02) pagos, para las siguientes fechas que a continuación se detallan:
El primer pago: Por la cantidad de TREINTA MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 30.000,00), para esa misma fecha veintiuno (21) de Octubre de 2013, mediante dos (02), cheques identificados de la siguiente forma:
NOMBRE DEL
TRABAJADOR ENTIDAD
FINANCIERA FECHA DEL
CHEQUE N° DE CHEQUE CANTIDAD
NILSÓN MORILLO CORP BANCA 22/10/2013 77001339 (Bs. 12.000,00)
NILSÓN MORILLO CORP BANCA 22/10/2013 27001338 (Bs. 12.000,00)
Igualmente dejan constancia que el ciudadano MORILLO MORILLO NILSÓN RAFAEL, recibió la cantidad de SEIS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 6.000,00), en dinero en efectivo de moneda de curso legal en nuestro país.
El segundo pago: Por la cantidad de VEINTIDOS MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 22.000,00), para el día Lunes dos (02) de Diciembre de 2013.
Asimismo se deja constancia que el ciudadano MORILLO MORILLO NILSÓN RAFAEL, titular de la cédula de identidad número V- 9.480.632, parte demandante en el presente procedimiento, acepta el acuerdo de pago propuesto por el Abogado WILLIAN ROSENDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 23.506, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte accionada sociedad mercantil “INVERSIONES CHICHARRONERA UN RINCÓN DEL JUNQUITO EN LA RAIZA, C.A.”
En tal sentido, visto lo anteriormente expuesto por ambas partes este Juzgado procede a HOMOLOGAR el acuerdo de pago en fase de ejecución, todo ello en cumplimiento a la sentencia dictada en fecha 05/03/2013, por el Juzgado Accidental de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con sede en Charallave, en consecuencia este Tribunal una vez conste en autos el ultimo del pago aquí acordado, se procederá a dar por terminado el presente procedimiento y se ordenara el archivo definitivo del expediente; igualmente deberá constar en autos el pago de los honorarios profesionales del experto contable, por la elaboración de la experticia complementaria del fallo que riela desde el folio 187 hasta el folio 195, del presente expediente. Así se establece.
Así las cosas, se DEJA ESTABLECIDO que el incumplimiento del pago arriba identificado acarreara la consecuencia Jurídica de proceder a decretar la Ejecución forzosa en contra de la parte accionada sociedad mercantil “INVERSIONES CHICHARRONERA UN RINCÓN DEL JUNQUITO EN LA RAIZA, C.A.” CUMPLASE.
Abg. JOSE G. ESPAÑA GAMBOA
EL JUEZ
Abg. YARUA PRIETO
LA SECRETARIA
JGEG/YP/Jcg
Exp. N° 2.006-07
Pieza N° I