REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN VALLES DEL TUY.

TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY. Ocumare del Tuy, veinticuatro (24) de octubre de dos mil trece (2013).

203° y 154°



Vista la consignación del informe por parte del partidor y por cuanto se encuentra vencido el lapso para que las partes formulen objeción sobre la misma, de conformidad con el articulo 785 del Código de Procedimiento Civil, que expresa lo siguiente: “Presentada la partición al Tribunal se procederá a la revisión por los interesados en el término de los diez días siguientes a su presentación. Si éstos no formularen objeción alguna, la partición quedará concluida y así lo declarará el Tribunal.” (Subrayado y negrita nuestro), este Tribunal da por concluida la partición. CÚMPLASE.




LA JUEZ
DRA. ARIKAR BALZA SALOM

EL SECRETARIO
ABG. MANUEL GARCÍA

ABS/Adolfo
EXP Nº 2718-12.-