REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO BOLIVARIANO DE GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 09 de octubre del año 2013
203º y 154º

Por cuanto en fecha 08 de octubre de 2013, la parte solicitante consignó en el presente expediente, copia certificada de la acta de defunción de MARIA MICAELA QUINTANA, dando cumplimiento a lo establecido en el auto dictado en fecha 30 de septiembre de 2013, inserto en el folio 14, este Tribunal procede a dictar el correspondiente pronunciamiento sobre la solicitud planteada por el ciudadano JOSÉ LUÍS QUINTANA, en el escrito que corre inserto en el folio 01 y su vuelto, de la forma siguiente: De una revisión del contenido del acta de defunción de MARIA MICAELA QUINTANA, se puede observar que se indica que dejó siete (07) hijos, de nombres: FLOR MARIA, PETRA MARIA, GRACIA MARGARITA, MIGUEL ALFONSO, DORA JOSEFINA (causante), LIGIA ISABEL y JOSÉ LUÍS QUINTANA, evidenciándose que existen otros herederos, ya que, todos los referidos ciudadanos son hijos de la misma madre, siendo hermanos, teniendo todos el mismo derecho de heredar.

Por lo antes expuesto, la presente solicitud de declaración de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante DORA JOSEFINA QUINTANA, debe circunscribirse sobre los herederos existentes para la fecha del fallecimiento de la aquí causante, según el orden de suceder, y por cuanto del escrito de solicitud que encabeza las presentes actuaciones solo es el ciudadano JOSÉ LUÍS QUINTANA, quien solicita que se declare como UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de la aquí causante, evidenciándose de la acta de defunción de MARIA MICAELA QUINTANA, que la misma tuvo siete (07) hijos, siendo todos hermanos, existiendo en consecuencia otros herederos, este Tribunal niega la presente solicitud por todo lo antes dicho, y así se decide.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA,

Abg. LESBIA MONCADA de PICCA.

THA/LMdeP/Deivyd
. Nro. 20132015