REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PLAZA

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LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO PLAZA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANA DE MIRANDA
SOLICITUD Nº 10303
Mediante escrito presentado en fecha veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil trece (2013), por el ciudadano: ISRAEL JESUS FERNANDEZ MARTINEZ, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de este domicilio, portador de la cédula de identidad Nro. V-6.404.269, debidamente asistido por el abogado en ejercicio JULIAN DOMITILO SCHUSSLER GUIA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 30.466 solicitó se les declare UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, a favor de los ciudadanos: CARLOS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ, CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, JESUS ALBERTO FERNANDEZ MARTINEZ y KARLA ALEJANDRA FERNANDEZ MARTINEZ y a su persona, todos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad Nos. V-1.744.837, V-6.503.927, V9.882.155, V-12.410.810 y 6.404.269, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil.-
DICE EL SOLICITANTE QUE:
1º) En fecha Catorce (14) de Junio del año mil novecientos setenta y nueve (1979), falleció ab-intestato en Hospital Vargas, Parroquia San José, Departamento Libertador del Distrito Capital, la ciudadana: ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, quien era portadora de la cédula de identidad N° V-3.174.576.
2º) Acompañan a la solicitud en copia certificada los siguientes documentos: acta de defunción de la de cujus ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, partidas de nacimiento de los ciudadanos: JESUS ALBERTO FERNANDEZ MARTINEZ, CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, KARLA ALEJANDRA FERNANDEZ MARTINEZ e ISRAEL JESUS FERNANDEZ MARTINEZ, y Acta de Matrimonio de los ciudadanos ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ y de CARLOS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ.
El Tribunal mediante auto de fecha veintiséis (26) de Septiembre del año dos mil trece (2013), se admitió la solicitud y ordenó la evacuación de los testigos.
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
PRIMERA: Mediante Resolución Nº 2009-006, de fecha 18 de Marzo de 2009, emanada de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia y Publicada en Gaceta Oficial Nº 39.152, de fecha dos (02) de abril de 2009 de la República Bolivariana de Venezuela, se modificó la competencia y la cuantía de los Tribunales de Municipios, atribuyéndosele con carácter exclusivo y excluyente la competencia para hacer la declaratoria de que habla el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDA: En fecha Primero (1º) de Octubre del año dos mil trece (2013), se oyeron las declaraciones de los ciudadanos: CARMEN ANTONIA GUÍA DE SCHUSSLER, GREGORIA TERESA ACOSTA DE CARNIER y MARTIN CARNIER RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y portadores de las cédulas de identidad Nos. V-1.991.094, V-3.166.047 y V-991.958, respectivamente, quienes afirmaron que conocen al solicitante, conocieron a la de cujus y le consta que el solicitante y sus co-herederos son sus Únicos y Universales Herederos. Declaraciones estas que este Tribunal le da pleno valor, conforme lo establecido en el artículo 508 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECLARA.-
TERCERA: Promueve la parte solicitante los siguientes documentos: acta de defunción de la de cujus ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, partidas de nacimiento de los ciudadanos: JESUS ALBERTO FERNANDEZ MARTINEZ, CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, KARLA ALEJANDRA FERNANDEZ MARTINEZ e ISRAEL JESUS FERNANDEZ MARTINEZ, y Acta de Matrimonio de los ciudadanos ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ y de CARLOS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ, cuyos datos da por reproducido este Tribunal. Estos documentos son demostrativos del fallecimiento de la de cujus ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, y la filiación existente entre la de cujus y los ciudadanos:, CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, JESUS ALBERTO FERNANDEZ MARTINEZ, KARLA ALEJANDRA FERNANDEZ MARTINEZ e ISRAEL JESUS FERNANDEZ MARTINEZ, y por afinidad con el ciudadano: CARLOS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ por tratarse estos de documentos públicos establecidos en el artículo 1357 del Código Civil, este Tribunal les asigna el valor probatorio que se desprende del artículo 1359 Eiusdem. ASÍ SE DECLARA.


DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Municipio del Municipio Plaza de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: UNICOS Y
UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus ZENOBIA MARTINEZ NUÑEZ DE FERNANDEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, a favor de los ciudadanos: CARLOS JULIO FERNANDEZ GONZALEZ, CARLOS JULIO FERNANDEZ MARTINEZ, JESUS ALBERTO FERNANDEZ MARTINEZ, KARLA ALEJANDRA FERNANDEZ MARTINEZ e ISRAEL JESUS FERNANDEZ MARTINEZ antes identificados.
PUBLIQUESE Y DEJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISION.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Guarenas, a los tres (03) días del mes de Octubre de dos mil trece (2013). Años: 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ,

Abg. WILMER HERNANDEZ OROPEZA
LA SECRETARIA
Abg. CARMEN JANETH MARTINEZ
En fecha 03/10/2013, siendo las 11:30 AM., se publicó la anterior sentencia.-
En esta fecha _____________ se devuelve la presente actuaciones en__________ ( ) folios útiles a la parte interesada.
LA SECRETARIA
Abg. CARMEN JANETH MARTINEZ
SOLICITUD N° 10303
WHO/CJM/rah.