REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 21 de octubre de 2013
203° y 154°
Vistas la solicitud y documentación presentada por la ciudadana Luna Aurora Chávez de Oropeza, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, viuda, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad No. V-4.052.216, representada por la abogada Gloria Pereira, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.819.636 e inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 23.148, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos promovidos por la solicitante; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana LUNA AURORA CHÁVEZ de OROPEZA, antes identificada, sobre las bienhechurías constituidas por una casa de dos (2) niveles con un área total de construcción de aproximadamente DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (239,00 Mtrs2), distribuida como lo señala la solicitante.
Que en la presente declaró haber construido sobre una parcela de terreno de su propiedad, identificada con la letra A, ubicada en la Urbanización Club de Campo, Calle Auyantepuy, Sector La Maquinita, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda. Que le pertenece según consta en Documento de Venta debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha ocho (8) de abril de mil novecientos ochenta y ocho (1988), quedando registrado bajo el Número 30, Protocolo Primero, Tomo 1, 2DO Trimestre; en Documento de Aclaratoria de Linderos protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha dieciocho (18) de febrero de dos mil once (2011), quedando registrado bajo el Número 18, folio 147 del Tomo 2, Protocolo de Transcripción; y en Documento de Parcelamiento protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha treinta (30) de agosto de dos mil doce (2012), quedando registrado bajo el Número 2, folio 14 del Tomo 12, Protocolo de Transcripción; cuyos linderos y medidas constan en autos. Que la referida parcela tiene una superficie aproximada de SEISCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON SESENTA DECÍMETROS CUADRADOS (613,60 Mtrs2), y se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del estado Miranda bajo el Nº 0019502.
Devuélvase a los solicitantes en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TEMPORAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
GRELIN MIJARES
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2013-174
GM / MMI / jge