REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 8 de octubre de 2013
203° y 154°
Vista la solicitud y documentación presentada por la abogada YELITZE DARIELA MARTINEZ HERRERA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 6.172.008, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 33.864 actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana JASSY CAROLINA SOJO PONCE, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.881.989, y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana JASSY CAROLINA SOJO PONCE, antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda, con un área de construcción aproximada de cuatrocientos ochenta metros cuadrados (480,00 mts2); que en el escrito presentado por la peticionante declaró que fue construida sobre una Parcela de Terreno, situada en La Suiza, Jurisdicción del Municipio Los Salias del estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0011709; que dicha Parcela de Terreno tiene un área aproximada de DOS MIL SESENTA Y OCHO TRES METROS CUADRADOS CON CINCO DECÍMETROS CUADRADOS (2.068,05 Mtrs2), según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Los Salias, estado Miranda, en fecha diecisiete (17) de agosto de dos mil siete (2007), quedando registrado bajo el N° 04, Tomo 08; y documento de aclaratoria de fecha doce (12) de julio de dos mil trece (2013), quedando registrado bajo el N° 45, folio 462, Tomo 09, Debidamente Protocolizado ante el Registro Público antes mencionado.
Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL
EL SECRETARIO
GRELIN MIJARES
MAIKEL MEZONES IBÁÑ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2013-161
GM / MMI / hep