REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO







REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 14 de Octubre de 2013
203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana OFELIA BARRIOS DE PEREZ, titular de la cedula de identidad Nro. 4.057.192, asistida por el abogado JOSÉ MARQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133183, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones las ciudadanas MARIA VIRGINIA PIÑATE MATUTE Y REYNA MARGARITA GARCIA CURVELO, venezolanas, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.875.689 y 6.460.606, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos OFELIA BARRIOS DE PEREZ, ANGEL ANTONIO PEREZ BARRIOS, GLORIA NOHEMI PEREZ BARRIOS Y ELI NATANAEL PEREZ BARRIOS, titulares de las cedulas de identidad Nro. 4.057.192, 11.820.627, 14.852.242 y 18.245.892, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano RAMON ANTONIO PEREZ BENITEZ, quien falleció en fecha 16 de Mayo de 2013, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ


LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE

S-N° 2961/2013
JVA/cr/ad.-