REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO









REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 30 de Octubre de 2013
203° y 154°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por el ciudadano GERARDO MANUEL DOS RAMOS GARCIA, titular de la cedula de identidad Nro. 17.534.154, asistido por el abogado NATHIEL ANNARELLA PEÑALOZA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 105.374, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos ELVIRA JOSEFINA GONZALEZ DE PEÑALOZA Y EDGAR ALEXANDER MEZA LIZARZABAL, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 3.561.286 y 12.642.180, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos GERARDO MANUEL DOS RAMOS GARCIA, CARLOS ALBERTO DOS RAMOS GARCIA, Y MARIA MERCEDES DOS RAMOS GARCIA, titulares de las cedulas de identidad Nro. 17.534.154, 18.738.514 y 20.747.267, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del ciudadano MANUEL DOS RAMOS PEREIRA, quien falleció en fecha 01 de Agosto de 2013, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ


LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE

S-N° 2983/2013
JVA/cr/ad.-