REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO










REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 07 de Octubre de 2013
203° y 154°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana MARÍA AUGENIA BOESI DE CORRA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad
No 11.306.345, asistida por la abogada OMAIRA DÍAZ DE SOLARES, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 99.939, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos CRUZ MARIA MANRIQUE y ARTURO JOSÉ MEDINA MARRERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.454.314 y 6.872.264, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MARÍA EUGENIA BOESI DE CORRA, ROBERTO MARIO CORRA BOESI Y ALEXANDER ANTONIO CORRA BOESI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nos. 11.306.345, 18.711.368 y 13.802.127, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del De Cujus GOTTARDO CORRA PERNECHELE, quién falleció el día 10 de Enero de 2012, en su carácter de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE




S-N° 2952/2013
JVA/cr/mg.-