Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, San Cristóbal, diez de octubre de dos mil trece.
203° y 154
Presentado personalmente por sus firmantes, el escrito y sus respectivos anexos, contentivo del Recurso de Casación, constante todo de siete (7) folios útiles; fórmese expediente, inventaríese en el Libro de Solicitudes y el curso de Ley correspondiente. Vista la solicitud presentada por el ciudadano RAFAEL ANTONIO BOLAÑOS LOAIZA, mayor de edad, venezolano, mecánico, de este domicilio, hábil y titular de la cédula de identidad N° V-23.180.897, asistido en este acto por los abogados PABLO SUAREZ TREJO e HILDA MARIA REYES SANDOVAL, abogados en ejercicio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 5.344 y 93.189, en su orden respectivamente, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, acuerda remitir la presente formalización del Recurso de Casación, a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, el expediente en el cual se debe consignar en la citada Sala de Casación Civil, es el que por FRAUDE PROCESAL conoció en apelación el Juzgado Superior Tercero en lo civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, y el cual fue enviado a la citada Sala de Casación Civil por dicho Juzgado en fecha 14 de agosto de 2013, con oficio N° 216.-
REINA MAYLENI SUÁREZ SALAS
La Juez Titular
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
La Secretaria
En la misma fecha se inventarió la anterior solicitud, bajo el N°. 7240, y, con Oficio N° 0860-603, se remitió al Tribunal Supremo de Justicia.-
IRALÍ JOCELYN URRIBARRI DÍAZ
La Secretaria
Lavf
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