REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
203° y 154°
ASUNTO: SP01-L-2013-000445
PARTE ACTORA: el ciudadano LUÍS JAVIER PARRA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° V.- 10.178.378
PARTE DEMANDADA: la empresa CENTRO DE EMERGENCIA INFANTIL COROMOTO C. A. en la persona de su Director ciudadano ROBERTO JOSÉ PORRAS FUENMAYOR
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: GUSTAVO ANTONIO ESTRADA LUZARDO, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.791.457, con Inpreabogado Nro. 15.085
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES
En el día hábil de hoy, Catorce (14) de octubre de 2013, siendo las 2:30 p.m. oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, habiéndose dejado transcurrir los 10 minutos de espera acordados en acta de fecha 06 de agosto de 2013, comparece el apoderado de la parte demandada GUSTAVO ANTONIO ESTRADA LUZARDO, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.791.457, con Inpreabogado Nro. 15.085, tal como consta en poder apud acta de fecha 02 de agosto de 2013, que se encuentra agregado en los folios 26 al 64 del expediente, se deja expresa constancia que la parte actora el ciudadano LUÍS JAVIER PARRA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° V.- 10.178.378, no compareció a la realización de dicha audiencia, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO intentado por el ciudadano LUÍS JAVIER PARRA ROJAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° V.- 10.178.378, contra la empresa CENTRO DE EMERGENCIA INFANTIL COROMOTO C. A. en la persona de su Director ciudadano ROBERTO JOSÉ PORRAS FUENMAYOR, por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
LA JUEZ
ABOG. BEATRIZ GONZÁLEZ GIRALDO LA SECRETARIA
El Presente,
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:
GUSTAVO ANTONIO ESTRADA LUZARDO
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