En el día de hoy Lunes catorce (14) de Octubre de Dos Mil Trece (2.013), siendo las 09:45 AM, tal y como fue acordado en el auto anterior de fecha 11/10/2013, se traslado el Juzgado Ejecutor de Medidas de Los Municipios Ayacucho, Michelena y Lobatera de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a cargo de la Jueza Ejecutora Provisoria Abogada: Saida Yamilka Prada Chacón, con su Secretario: William Froilan Zambrano Zambrano y se constituyó en la sede de la Oficina del Concejo Municipal del Municipio Ayacucho, Estado Táchira, ubicada en el Edificio Rental, carrera 10 entre calles 8 y 9, de esta Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, a fin de cumplir el exhorto procedente del Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, librado en la solicitud de Inspección Judicial Nº 3640-13, solicitada por el ciudadano: JUAN EVANGELISTA PATIARROYO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.094.432, de estado civil soltero, de éste domicilio, actuando en su condición de Presidente de la Empresa Mercantil “EXPRESOS AYACUCHO SOCIEDAD ANOMINA”, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, asistido del Abogado en ejercicio, ciudadano: NESTOR OSIRES RUEDA GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.090.807, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 37.622, de este domicilio. Presente éste Tribunal Ejecutor de Medidas, en la Oficina de Secretaría del Consejo Municipal, sede de la Alcaldía, San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, junto al solicitante ciudadano: JUAN EVANGELISTA PATIARROYO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.096.702, de estado civil soltero, de éste domicilio, actuando en su condición de Presidente de la Empresa Mercantil “EXPRESOS AYACUCHO SOCIEDAD ANOMINA”, inscrita en la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, asistido para este acto por el Abogado en ejercicio, ciudadano: FLORENTINO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.550.748, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 152.440, de éste domicilio. Seguidamente, se procedió a notificar de la inspección judicial a realizarse en el sitio a la ciudadana: SANCHEZ TORRES CLAUDIA YINNET venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-13.688.353, en su carácter de Secretaria del Concejo Municipal, a quien éste Tribunal la notificó de la misión y objeto a cumplir en el sitio y expuso: “Quedo notificada de la inspección judicial que va a practicar este Tribunal Ejecutor de Medidas”. Acto seguido, el solicitante debidamente asistido de su abogado, supra identificados, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue por el Tribunal, expuso: “A fin dar cumplimiento con la inspección judicial, ordenada por el Juzgado del Municipio Ayacucho de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y para lo cual fue comisionado éste Tribunal Ejecutor de Medidas, solicito se inste a la ciudadana: SANCHEZ TORRES CLAUDIA YINNET venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-13.688.353, en su carácter de Secretaria Concejo Municipal, para que informe y exhiba a éste Tribunal Ejecutor de Medidas, lo solicitado en el referido Exhorto”. Es todo. Seguidamente éste Tribunal Ejecutor de Medidas, visto lo solicitado por el peticionante debidamente asistido de su abogado supra identificado, insta a la ciudadana: SANCHEZ TORRES CLAUDIA YINNET venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-13.688.353, con el carácter acreditado en autos, a que proceda a rendir información sobre el punto señalado en la Solicitud de inspección judicial. Este Tribunal Ejecutor de Medidas, conjuntamente con la notificada, ciudadana: SANCHEZ TORRES CLAUDIA YINNET, supra identificada, deja expresa constancia, a lo que la mencionada Secretaria del Concejo Municipal responde: “En lo relacionado con la ordenanza, signada con el Nº 025 extraordinaria, de fecha 02 de mayo de 2.012, sobre el uso obligatorio del Terminal Público Terrestre de Pasajeros y la ordenanza Nº 026, extraordinaria, de fecha 02 de mayo de 2.012, del Instituto Autónomo Terminal Terrestre de Pasajeros de ésta Ciudad de San Juan de Colón del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, expongo que por ante éste Concejo Municipal, no se presentaron los ante Proyectos para su respectiva discusión, mucho menos fueron aprobados, en tal sentido no se hace posible exhibirlas por cuanto no existen las mismas. Es todo”. No siendo otro el objeto de éste Tribunal, declara concluido el acto, se declara cumplida la inspección judicial ordenada por el Tribunal comitente, se acuerda dejar copias fotostáticas del exhorto y sus actuaciones para el archivo; se deja constancia que la dirección donde se constituyo el Tribunal a la realización del presente acto, es la misma que aparece en la referida solicitud. Se deja constancia que el traslado de éste Tribunal a la realización del presente acto, no género ningún tipo de arancel ni emolumento alguno por su actuación; y acuerda retornar a su sede a las 10:10 AM. Terminó. Se leyó y conformes firman.-
LA JUEZA EJECUTORA PROVISORIA
ABG. SAIDA YAMILKA PRADA CHACON
LA NOTIFICADA
SANCHEZ TORRES CLAUDIA YINNET
EL SOLICITANTE
JUAN EVANGELISTA PATIARROYO
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE
ABG. FLORENTINO RAMIREZ
EL SECRETARIO
WILLIAM FROILAN ZAMBRANO ZAMBRANO
EXHORTO N° 967/2.013
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