REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo
de la Circunscripción Judicial del estado Táchira
San Cristóbal, primero (1) de octubre de 2013
203º y 154º
ASUNTO: SE21-G-2010-0000120
ASUNTO ANTIGUO: 8195
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 231/2013
El 30 de septiembre de 2013, el ciudadano FELIPE CHACÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo la matrícula N° 24.439, en su carácter de apoderado judicial de los terceros intervinientes presentó diligencia ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en la cual expuso lo siguiente:
“…solicito ampliación de la Sentencia definitiva, en donde se condene a la parte recurrente al pago de las costas procesales del recurso, por haber resultado vencida…”.
Ahora bien, de las actas que conforman el expediente se constató que el 23 de septiembre de 2013, el mencionado abogado ya había solicitado ampliación de la Sentencia Definitiva N° 014/2013 dictada por este Tribunal el 9 de agosto de 2013, respecto al pago de las costas procesales, y que este Juzgador emitió pronunciamiento el 26 de septiembre de 2013, a través de Sentencia Interlocutoria N° 225/2013 donde se declaró improcedente tal solicitud.
En este orden de ideas, es evidente la improcedencia de la presente solicitud formulada por el abogado FELIPE CHACÓN, toda vez que este Sentenciador ya se pronunció al respecto en Sentencia Interlocutoria N° 225/2013, publicada el 26 de septiembre de 2013. Así se establece.
II
DECISIÓN
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Estadal de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara improcedente la solicitud de ampliación de la Sentencia N° 014/2013 de fecha 9 de agosto de 2013, formulada por el abogado FELIPE CHACÓN, dado que este Sentenciador ya se pronunció al respecto en Sentencia Interlocutoria N° 225/2013, publicada el 26 de septiembre de 2013.
El Juez,
Dr. Carlos Morel Gutiérrez Giménez El Secretario,
Abg. Gilberto Adolfo Camperos Quintero
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior decisión siendo la nueve y veinticinco de la mañana (09:25 a.m.).
El Secretario,
Abg. Gilberto Adolfo Camperos Quintero
CMGG/GACQ/NLCV
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