REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 31 de octubre de 2013
203° y 154°
CAUSA N° 1E-249/12
JUEZ: NELIDA IRIS CONTRERAS ARAUJO, Juez de Primera Instancia en Funciones de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda.-
SECRETARIO: JESTTER QUINTANA CERRADA, Secretario Adscrito al Pool de Secretarios del Circuito Judicial Penal del Estado Bolivariano de Miranda.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
FISCAL: Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con competencia en régimen penitenciario y ejecución de sentencias. -
PENADO: CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V- 15.774.404, venezolano, casado, de 30 años de edad, comerciante, hijo de Laura Estela Moncada (v) y Daniel Alberto Contreras (v), con último domicilio en Barrio Monumental, Avenida Principal, Apartamento 212, cerca de la escuela Francisco Espejo, Valencia, Estado Carabobo.
DEFENSA PÚBLICA PENAL: LUIS CESAR RUBIO
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
PENA IMPUESTA: OCHO (08) AÑOS DE PRISION.
Por cuanto se recibió oficio No. 00573-13-Internado Judicial de Los Teques-YEBP de fecha trece (13) de septiembre de 2013, por ante este Tribunal en fecha diecinueve (19) de septiembre de 2013, suscrito por el Abogado Yorman Efraín Baldini Pérez, en su carácter de director del Internado Judicial de los Teques, donde informa que el ciudadano Contreras Moncada Giovanny Alexander, titular de la cédula de Identidad No. V- 15.774.404, perteneciente a la causa No. 1E 249/12, se encuentra fugado de ese Internado Judicial, siendo atendido en el Plan Cayapa en fecha 18/07/2013.
El ciudadano CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484, fue aprehendido, en fecha 13 de mayo de 2010 por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 15 de mayo del año 2010, tuvo lugar audiencia de presentación de detenidos ante el Juzgado Sexto de Primera Instancia en función de Control de este mismo Circuito Judicial y sede, oportunidad en la que previa solicitud fiscal, se decretó contra del antes mencionado ciudadano, medida de privación judicial preventiva de libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 250, 251 y 252, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Así, en fecha 28 de junio de 2010, fue presentada formal acusación por parte de la vindicta pública contra del ciudadano CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484.
La audiencia preliminar, a tenor de lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, tuvo lugar en fecha 12 de agosto de 2010, donde, previa admisión en su totalidad de la acusación fiscal, y la orden al pase al juicio Oral y Publico, realizando el auto de apertura al juicio Oral y Público en fecha 07 de diciembre de 2010, quedando las partes plenamente notificadas del auto en mención.
En fecha 26 de abril de 2012, el Tribunal Segundo de Juicio Circunscripcional, publicó el texto íntegro de la sentencia dictada, donde condena, al ciudadano CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484, a cumplir la pena de 8 años de prisión y pena accesoria contempladas en el artículo 16 numeral 1 del Código Penal, por ser autor y responsable de la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
En fecha 23 de mayo de 2012, se recibe la presente causa en este Tribunal de Ejecución nro. 01 de este Circuito Judicial Penal y Sede.
En fecha 28 de mayo de 2012, este Tribunal ejecutó el fallo dictado y publicó cómputo de la pena impuesta, precisando además, las distintas fechas a partir de las cuales el condenado opta a las distintas fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.
En la fecha 07 de junio de 2012, el penado CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484, se dio por notificado del auto de ejecución de la pena emitido por este Tribunal y las distintas fechas a partir de las cuales el condenado opta a las distintas fórmulas alternativas de cumplimiento de pena.
En fecha 08 de junio de los corrientes, este Tribunal tramitó lo concerniente al acopio de lo necesario para emitir lo necesario para la medida de libertad anticipada de destacamento de trabajo, que según el cómputo realizado por este Tribunal podrá optar el penado CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484.
En fecha 06 de septiembre del año 2012, este órgano jurisdiccional NIEGA el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, al penado CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484, de conformidad con los criterios jurisprudenciales expuestos, en concordancia con el articulo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en relación con la potestad discrecional contemplada en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal al Juez de Ejecución.
En fecha 29 de agosto de 2013, este Tribunal NIEGA el otorgamiento de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de RÉGIMEN ABIERTO, al penado CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V-15.774.484, de conformidad con los criterios jurisprudenciales expuestos, en concordancia con el articulo 29 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en relación con la potestad discrecional contemplada en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal al Juez de Ejecución.
En fecha diecinueve (19) de septiembre de 2013, se recibió por ante este Despacho oficio No. 00573-13-Internado Judicial de Los Teques-YEBP de fecha trece (13) de septiembre de 2013, suscrito por el Abogado Yorman Efraín Baldini Pérez, en su carácter de director del Internado Judicial de los Teques, donde informa que el ciudadano Contreras Moncada Giovanny Alexander, titular de la cédula de Identidad No. V- 15.774.404, perteneciente a la causa No. 1E 249/12, se encuentra fugado de ese Internado Judicial, siendo atendido en el Plan Cayapa en fecha 18/07/2013.
De lo antes expuesto se evidencia que lo ajustado a derecho es ordenar la aprehensión del ciudadano Contreras Moncada Giovanny Alexander, titular de la cédula de Identidad No. V- 15.774.404, en razón de la fuga del Internado Judicial de Los Teques, estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con el artículo 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal; asimismo, una vez que se materialice la misma, se realizará el cómputo respectivo de conformidad con lo previsto en el artículo 474 de la norma adjetiva penal vigente. Se ordena oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, ordenando lo conducente, anexándole boleta de encarcelación dirigida al Centro Penitenciario de Aragua, Internado de Tocoron, donde el penado de Autos quedará recluido a la orden de este Tribunal. Se oficia a la Fiscalía Superior del estado Bolivariano de Miranda a los fines de que realice la averiguación correspondiente en relación a la fuga del penado de autos, se anexa copia certificada del oficio No. 00573-13-Internado Judicial de Los Teques-YEBP de fecha trece (13) de septiembre de 2013, suscrito por el Abogado Yorman Efraín Baldini Pérez, en su carácter de director del Internado Judicial de los Teques. ASI SE DECLARA.-
PARTE DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con Sede en Los Teques, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la ley, ORDENA LA APREHENSIÓN del ciudadano CONTRERAS MONCADA GIOVANNY ALEXANDER, titular de la cédula de Identidad No. V- 15.774.404, en razón de la fuga del Internado Judicial de Los Teques, estado Bolivariano de Miranda, de conformidad con el artículo 236 y 237 del Código Orgánico Procesal Penal; asimismo, una vez que se materialice la misma, se realizará el cómputo respectivo de conformidad con lo previsto en el artículo 474 de la norma adjetiva penal vigente. Se ordena oficiar a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, ordenando lo conducente, anexándole boleta de encarcelación dirigida al Centro Penitenciario de Aragua, Internado de Tocoron, donde el penado de Autos quedará recluido a la orden de este Tribunal. Se oficia a la Fiscalía Superior del estado Bolivariano de Miranda a los fines de que realice la averiguación correspondiente en relación a la fuga del penado de autos, se anexa copia certificada del oficio No. 00573-13-Internado Judicial de Los Teques-YEBP de fecha trece (13) de septiembre de 2013, suscrito por el Abogado Yorman Efraín Baldini Pérez, en su carácter de director del Internado Judicial de los Teques.
Regístrese, Publíquese y diarícese la presente decisión. Notifíquese al defensor público penal Luis Cesar Rubio, al Fiscal Décimo del Ministerio Público en Materia de Ejecución de Sentencias de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, y librese oficio a la Fiscalía Superior del Estado Bolivariano de Miranda.
LA JUEZ
NÉLIDA CONTRERAS ARAUJO
EL SECRETARIO
JESTTER QUINTANA CERRADA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, se libró boleta de Encarcelación dirigida al Internado Judicial Los Teques, la cual se remite anexa a oficio dirigido a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se notificaron a las partes.-
EL SECRETARIO
JESTTER QUINTANA CERRADA
CAUSA N° 1E-249-12
31/10/2013
Contreras Moncada Giovanny Alexander
Aprehensión por fuga
NCA/nélida