REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
EXTENSIÓN VALLES DEL TUY


ASUNTO: MP21-P-2009-005332


ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA DE
CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO


TRIBUNAL:
JUEZ PRIMERO DE JUICIO: DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ

SECRETARIA: ABG. YAJAIRA CHOURIO

PARTES:

FISCAL 27º DEL MINISTERIO PÚBLICO: DRA. ZORAIDA MOLINA

ACUSADO: LUIS DANIEL RASQUÍN RAVELO

DEFENSA PÚBLICA 4º, DR. JOSÉ RAFAEL BETANCOURT

En el día de hoy, Jueves, Tres (03) de Octubre del año Dos Mil Trece (2013), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevar a cabo el ACTO DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la causa seguida al acusado LUIS DANIEL RASQUÍN RAVELO, se deja constancia que no obstante encontrarse fijado dicho acto para las 09:00 de la mañana, este Tribunal procede a establecer un lapso prudencial de espera siendo las 11:40 horas de la mañana, anunciándose dicho acto con las formalidades de Ley, el Tribunal se trasladó y constituyó en la Sala de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy del Estado Miranda, hizo acto de presencia el DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ, Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicita a la Secretaria ABG. YAJAIRA CHOURIO, verificar la presencia de las partes, quien le informó que se encuentra presente la Fiscal 27º del Ministerio Público, DRA. ZORAIDA MOLINA, más no así el Defensor Público 4º, DR. JOSÉ RAFAEL BETANCOURT, ni el Acusado de autos. Acto seguido el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual hace mención “Si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio” y en vista que la presente Audiencia ha sido diferida en varias oportunidades por falta de traslado del acusado LUIS DANIEL RASQUÍN RAVELO, en consecuencia se declara Interrumpido el Debate del Juicio Oral y Público y se acuerda fijar JUICIO ORAL Y PÚBLICO, para el día MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2013, A LAS 02:00 HORAS DE LA TARDE. Se ordena librar la respectiva boleta de traslado. Asimismo se ordena oficiar con carácter de extrema urgencia al Director del Internado Judicial de Carabobo, Tocuyito, a los fines de que informa a este Tribunal en un lapso no mayor de 24 horas, las razones por las cuales no se efectuó el traslado del acusado como lo fue ordenado por este Juzgado. Se declara cerrada la presente audiencia siendo las 11:50 horas de la tarde. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ


LA FISCAL 27º DEL MINISTERIO PÚBLICO

DRA. ZORAIDA MOLINA




LA SECRETARIA DE SALA,

ABG. YAJAIRA CHOURIO




ASUNTO: MP21-P-2009-005332
Acta de Diferimiento de Juicio Oral y Público