REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 20 de septiembre de 2013
203° y 154º


De una revisión de las actas procesales se observa que se encuentran notificadas la parte actora y la parte demandada del auto dictado el 23 de julio del corriente año, en consecuencia este Tribunal se pronuncia y da cumplimiento a lo establecido en la sentencia dictada en fecha 26 de abril del 2011, dictada por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, respecto a la Prueba Testimonial promovida por el abogado ARÉVALO ÁLVAREZ MARÍN, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.378, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano FELIPE SÁNCHEZ MENDO, titular de la Cédula de Identidad N° E-81.677.158, parte actora en el presente juicio, en el Capítulo III, de los ciudadanos LUZ MARINA ZERPA ALBORNOS, FRANCISCO JOSÉ NORIEGA ZAMORA, AGUSTÍN BERNARDO GONCALVES ABREU, LUÍS SANCLER, DULCE MARÍA ÁNGEL, LEOPOLDO ENRIQUE HILLER CEBALLOS y FRANCISCO DE PAUDA AZUAJE BRICEÑO, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-4.853.332, V-1.747.470, V-10.275.349, V-2.631.671, V-6.871.435, V-4.169.444 y V-4.316.078, respectivamente, SE ADMITEN cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva y se fija el tercer día de Despacho a las 10:00, 10:30 y 11:00 a.m., para que rindan declaración los ciudadanos LUZ MARINA ZERPA ALBORNOS, FRANCISCO JOSÉ NORIEGA ZAMORA, AGUSTÍN BERNARDO GONCALVES ABREU, se fija el cuarto día de Despacho a las 10:00, 10:30 y 11:00 y 11:30 a.m., para que rindan declaración los ciudadanos LUÍS SANCLER, DULCE MARÍA ÁNGEL, LEOPOLDO ENRIQUE HILLER CEBALLOS y FRANCISCO DE PAUDA AZUAJE BRICEÑO, . Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA



La Secretaria,

Abg. Lesbia Moncada de Picca
THA/LMdeP/lesbia
Expte N° 10-8757