REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

En horas de Despacho del día de hoy, veinticinco (25) de septiembre de dos mil trece (2013), comparece la doctora TERESA HERRERA ALMEIDA, en su carácter de Juez Suplente Especial del Juzgado Primero de Municipio del Municipio Guaicaipuro de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, quien expone: “Revisadas las actuaciones que conforman el presente expediente contentivo del juicio que por DAÑOS Y PERJUICIOS siguen REGINA ECHEGARAY DE MARTÍNEZ y OTROS, contra la Sociedad Mercantil “INVERSIONES E.N.R.J., C.A.”, representada por los ciudadanos NELY MARÍA CARREÑO y JOSUE SANGUINO CARREÑO, signado con el N° 13-9413 de la nomenclatura interna de este Juzgado, y por cuanto esta Juzgadora manifestó su opinión en el expediente signado con el N° 12-9078 de la nomenclatura interna de este Juzgado, contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoara ECHEGARAY DE MARTÍNEZ y OTROS, contra la referida Sociedad Mercantil “INVERSIONES E.N.R.J., C.A.”, y conocí del expediente signado con el N° 12-9276, contentivo del juicio que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS, incoaran los abogados PEDRO RONDÓN, MARTÍNEZ BELINDA y PEDRO GIL, contra la Sociedad Mercantil “INVERSIONES E.N.R.J., C.A.”, en virtud de las actuaciones realizadas en el expediente signado con el N° 12-9078, y actualmente me encuentro conociendo del expediente signado con el N° 12-9273, contentivo del juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por REGINA ECHEGARAY DE MARTÍNEZ y OTROS, contra la Sociedad Mercantil “INVERSIONES TELIEL, C.A.”, en cuyas causas también se hicieron y se hacen valer derechos de los ciudadanos NELY MARÍA CARREÑO y JOSUE SANGUINO CARREÑO, viéndose en ello comprometida la decisión que recaiga en la presente causa por estar incursa en la causal contenida en el ordinal 15° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, me INHIBO de seguir conociendo la presente causa, y consecuentemente, me abstengo de actuar en el mismo. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

TERESA HERRERA ALMEIDA


LA SECRETARIA,

LESBIA MONCADA DE PICCA

THA/LMdeP/mbm
Expte.: N° 139413