REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 20 de Septiembre de 2013
203° y 154°


Se recibió procedente del sistema de distribución, correspondiéndole el conocimiento a este Tribunal, en virtud de la declinatoria del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, la anterior solicitud de TÍTULO SUPLETORIO, presentada por los ciudadanos, LUIS FORTUNATO OLIVARES ARTEAGA Y RAMONA TERESA ZAPATA DE OLIVARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro 3.365.068 Y 2.147.845, respectivamente, asistidos por el abogado NELSON ENRIQUE BERDAYE DE LA VEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 140163, vistas las actuaciones que integran la presente solicitud; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos LUIS FORTUNATO OLIVARES ARTEAGA Y RAMONA TERESA ZAPATA DE OLIVARES, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nro 3.365.068 Y 2.147.845, sobre las bienhechurías construida sobre un lote de terreno de su propiedad, ubicada en el Municipio Guaicaipuro, Sector Club Hípico Urbanización Los Picachos, Estado Bolivariano de Miranda, según consta en el Documento de aclaratoria debidamente Protocolizado ante el Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 16 de Julio de 2013, inserto bajo el Nº 39, Tomo 19 del Protocolo de Trascripción del presente año distinguida como parcela Nº 04-02; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud, quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiera verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.-
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA

CRISTINA ROQUE
S-Nº 2942/2013
JVA/cr/ad.-