REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA LOS TEQUES
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
Los Teques, 17 de septiembre de 2013
203° y 154°
ASUNTO: 3U-385-12-
IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL
JUEZ: NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
SECRETARIA: WUILLJANTZY SANCHEZ PRADO
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ACUSADO: ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-13.233.456, NACIDO EL DIA 25-02-1977, ESTADO CIVIL SOLTERO, DE 34 AÑOS DE EDAD, DE PROFESIÓN U OFICIO CHOFER, HIJO DE MAIYEN CORDERO (V) Y ANTONIO ROMERO (F), RESIDENCIADO EN: LAGUNETICA, SECTOR LAS LUCES, FINCA LA COROMOTO, CASA SIN NUMERO, CERCA LAS DALIAS, CERCA DE LA SEGUNDA CACHAPERA, ENTRANDO A MANO DERECHA, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA
DEFENSA: DRA. NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, DEFENSORA PUBLICA PENAL, ADSCRITA A LA UNIDAD PUBLICA PENAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA CIUDAD DE LOS TEQUES.
FISCAL: DRA. VALENTINA ZABALA VIRLA, FISCAL AUXILIAR ENCARGADA DE LA FISCALIA TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.
DELITOS: HURTO CALIFICADO, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTÍCULO 453 DEL CÓDIGO PENAL.
Corresponde a este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio, emitir pronunciamiento Judicial con relación a la solicitud presentada por la defensora pública penal ABG. NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, a favor del acusado ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, en fecha 26-08-13, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial y recibido por este Tribunal el dia 27-08-13, constante de dos (02) folios útiles, a quien el Estado Venezolano representado por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial del Estado Miranda, calificó los hechos ocurridos en fecha 17-11-2011 la audiencia de presentación de fecha 19-12-2011, se admitió la calificación jurídica del delito HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, ordenándose procedimiento Abreviado, de conformidad con lo establecido en el articulo 372 del Código de Procedimiento Penal, a los fines de decidir, previamente observo:
I
De la identificación del acusado
ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, nacido el dia 25-02-1977, estado civil soltero, de 34 años de edad, de profesión u oficio chofer, hijo de Maiyen Cordero (V) y Antonio Romero (F), residenciado en: Lagunetica, Sector Las Luces, Finca La Coromoto, casa sin numero, cerca Las Dalias, cerca de la segunda cachapera, entrando a mano derecha, Los Teques, Estado Miranda
II
De la solicitud de la defensa
La profesional del Derecho DRA. NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, en representación del ciudadano ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, solicito la extensión de las presentaciones, argumentando lo siguiente:
“….en fechas 09-08-2013 comparecio por ante este despacho defensoril los ciudadanos ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, con el numero de expediente 3U-385-12. a objeto de solicitar se gestiones lo necesario por ante ese Tribunal el cual usted dignamente preside solicitud de EXTENSION DE PRESENTACIONES, toda vez que vienen presentándose de forma responsable cada ocho (08) dias desde el año 2011, a cada cuarenta y cinco (45) dias a los fines que no se vea afectado en su horario de trabajo, anexo Constancia de Trabajo...……”
III
De los fundamentos de la decisión
A tal efecto, luego de realizar una revisión minuciosa de las actas que conforman el presente expediente, se observó:
En fecha 27-08-2013, este Tribunal recibió oficio Nº, DPP8-NR-173-13, 174-13, suscrito por la profesional del derecho ABG. NANCY RODRIGUEZ MENDEZ mediante los cuales solicita que se le extendiera las presentaciones al ciudadano ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, En esa misma fecha este Tribunal acordó librar oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que remitiera el reporte de presentaciones del acusado de marras.
En fecha 06-08-2013, recibió oficio Nº 309-13, de fecha 05-08-13, proveniente de la de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, en donde se remitía el reporte del régimen de presentaciones del acusado ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, y se evidencio que el acusado de autos se ha presentado en dieciocho (18) oportunidades, siendo la primera el día 18-01-12 hasta el día 23-08-13; información obtenida del programa de presentaciones llevadas por este Circuito Judicial Penal el Reporte de Presentaciones, es importante resaltar que el reporte indica año 2002, cuando lo correcto es 2013, lo cual ya fue informado de que el programa presentaba ese error.
En tal sentido, este Tribunal observo que tomando en consideración el hecho punible que le imputa el Fiscal del Ministerio Público, al acusado ser el presunto autor del delito HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal, evidenciándose que el delito imputado la acción penal no se encuentra prescrita, existiendo fundados elementos de convicción para estimar o presumir que el acusado pudo haber participado en la comisión del hecho y por último la pena que pudiera imponerse en el presente proceso, en caso de dictarse una sentencia condenatoria, y conforme al contenido de lo establecido en el artículo 13 de la Norma Adjetiva Penal vigente y visto que no se comprobó el cabal cumplimiento con el régimen de presentaciones impuesto por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional, en fecha 19-12-2011, en donde se le impuso la medida cautelar sustitutiva de libertad, prevista en el artículo 242 numerales 3 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal, la del numeral 3°: consistente a la presentación cada ocho (08) días.
En consecuencia, al analizar las actas que conforman el presente expediente, se puede desprender que el acusado ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, no ha cumplido a cabalidad con las obligaciones que les fue impuestas por este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control Circunscripcional, es decir, examinando su conducta no se colige que es merecedora de extenderle la oportunidad de presentaciones a cada CUARENTA Y CINCO (45) DÍAS, a razón de que continúen cumpliendo con el compromiso de presentarse ante la sede de este Despacho y con el objeto que no se le vea afectado su campo laboral, en virtud que para el estado y para quien aquí decide lo fundamental en la reinserción a la sociedad, en consecuencia este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Funciones de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, considera que lo procedente y ajustado a derecho es DECLARAR SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensora publica penal ABG NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, a favor del acusado ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, en fecha 26-08-13, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial y recibido por este Tribunal en fecha 27-08-13, constante de dos (02) folios útiles, respectivamente y a tal efecto ACUERDA NEGAR LA EXTENSION DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTARSE ANTE LA SEDE DE ESTE DESPACHO, CADA OCHO (08) DÍAS RATIFICÁNDOSE LA MEDIDA IMPUESTA POR EL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, por cuanto el mencionado acusado no cumple a cabalidad con el régimen impuesto según se pudo evidenciar en el reporte de presentaciones llevado por la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Sede. Y ASÍ SE DECLARO.
De igual manera se ordena oficiar al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial, a los fines de actualizar los datos que son registrados en el Reporte de Presentaciones, es decir el número de la causa, el delito por el cual se le acusa, la dirección de domicilio, lapso del régimen de presentaciones y el juez a cargo del Tribunal. Y ASÍ TAMBIÉN SE DECLARO.
IV
Dispositiva
Con fundamento en la motivación precedentemente expuesta, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley,
PRIMERO: DECLARAR SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por la defensora publica penal ABG NANCY RODRIGUEZ MENDEZ del ciudadano ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, en fecha 26-08-13, ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial y recibido por este Tribunal en fecha 27-08-13, constante de dos (02) folios útiles, a favor de su persona ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, VENEZOLANO, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD N° V-13.233.456, NACIDO EL DIA 25-02-1977, ESTADO CIVIL SOLTERO, DE 34 AÑOS DE EDAD, DE PROFESIÓN U OFICIO CHOFER, HIJO DE MAIYEN CORDERO (V) Y ANTONIO ROMERO (F), RESIDENCIADO EN: LAGUNETICA, SECTOR LAS LUCES, FINCA LA COROMOTO, CASA SIN NUMERO, CERCA LAS DALIAS, CERCA DE LA SEGUNDA CACHAPERA, ENTRANDO A MANO DERECHA, LOS TEQUES, ESTADO MIRANDA..
y a tal efecto ACUERDA NEGAR LA EXTENSION DE LA OBLIGACIÓN DE PRESENTARSE ANTE LA SEDE DE ESTE DESPACHO, CADA OCHO (08) DÍAS RATIFICÁNDOSE LA MEDIDA IMPUESTA POR EL TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL, por cuanto el mencionado acusado no cumple a cabalidad con el régimen impuesto según se pudo evidenciar en el reporte de presentaciones llevado por la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y Sede.
SEGUNDO: SE ORDENA OFICIAR AL JEFE DE LA OFICINA DE ALGUACILAZGO DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL, a los fines de actualizar los datos que son registrados en el Reporte de Presentaciones, es decir el número de la causa, el delito por el cual se le acusa, la dirección de domicilio, lapso del régimen de presentaciones y el juez a cargo del Tribunal. Se declara SIN LUGAR la solicitud realizada por la defensora publica penal ABG. NANCY RODRIGUEZ MENDEZ, del ciudadano ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, en su condición de acusado.
Publíquese, Regístrese, Diarícese y déjese copia certificada, Notifíquense a las partes de conformidad con lo establecido en el único aparte del artículo 159 de nuestra norma adjetiva penal y líbrese Boleta de citación a favor del acusado ROMERO OROPEZA ARMANDO JOSE, titular de la cedula de identidad N° V-13.233.456, para el día MARTES, 01 DE OCTUBRE DE 2013 A LAS 8:30 DE LA MAÑANA, para imponerlo de la decisión. CÚMPLASE.
LA JUEZ TERCERO DE JUICIO
NAIR J. RÍOS CHÁVEZ
LA SECRETARIA
ABG. WUILLJANTZY YUSMARY SANCHEZ PRADO
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se registró esta decisión bajo el Nº 3U-385-12, en el Libro de Registro respectivo; se compulsó copia de archivo y se libro las boleta de notificación, citación y oficio al Jefe de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal. Y así lo certifico.
LA SECRETARIA
ABG. . WUILLJANTZY YUSMARY SANCHEZ PRADO
Causa: 3U-385-12
Causa de Fiscalia: 15F3-1623-11
Decisión constante de seis (06) folios útiles
Sin Enmienda.