CAUSA: 1U 979-12
JUEZ: Abg. MARCO ANTONIO GARCIA G.
FISCAL: Abg. ONEIDA MENDOZA SILVA, Fiscal 19º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
VÍCTIMA: LA COLECTIVIDAD
ACUSADO: EDUAR EMILIANO CISNEROS TORRES
DEFENSA: Abg. ANGEL RAMON ZAMORA (Defensor Privado).
SECRETARIA: Abg. YELITZA SUAREZ

En fecha 26 de marzo del año 2013, se dio inicio al Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida en contra del ciudadano: EDUAR EMILIANO CISNEROS TORRES, titular de la Cédula de Identidad V-12.298.460, por la presunta comisión de los delitos de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION CON AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 149, en relación con el artículo 3 numeral 27 y artículo 163 numeral 7, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, y se fijó su continuación para el día 11-04-2013 a las 10:30 horas de la mañana.-

En fecha 11-04-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no hubo traslado del acusado, y se fijó su continuación para el día 18-04-2013 a las 10:30 horas de la mañana.

En fecha 18-04-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 09-05-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 09-05-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 27-05-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 27-05- 2013, no hubo despacho ni secretaria en virtud de encontrarse la Secretaria del Tribunal quebrantada de salud y la oficina de Servicios Judiciales de este Circulito Judicial Penal no designó alguna secretaria temporal a los fines de realizar los actos fijados por el tribunal, por lo que se ordenó diferir la continuación del juicio oral y público en la presente causa para el día 04-06-2013, a las 9:00 horas de la mañana.

En fecha 04-06-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 18-06-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 18-06-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 02-07-13, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 02-07-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 18-07-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 18-07-2013, no hubo despacho en virtud de encontrarse el ciudadano Juez de comisión en el Internado Judicial de Los Teques y en el Instituto de Orientación Femenina I.N.O.F, con sede en Los Teques, Estado Miranda, por lo que se ordenó diferir la continuación del juicio oral y público en la presente causa para el día 31-07-2013, a las 9:00 horas de la mañana.

En fecha 31-07-2013, no hubo despacho ni secretaria en este Juzgado, por lo que se ordenó diferir la continuación del juicio oral y público en la presente causa para el día 05-08-2013, a las 9:00 horas de la mañana.

En fecha 05-08-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 20-08-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 20-08-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 10-09-2013, a las 10:00 horas de la mañana.

En fecha 10-09-2013, se acordó entre las partes diferir el acto de continuación de juicio oral y público en la presente causa para el día 20-09-2013.

En fecha 20-09-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no hubo traslado del acusado y no comparecieron órganos de prueba, siendo este el día decimosexto (16) sin que se le haya dado continuidad al debate.

El Artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone lo siguiente:

“… Si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio…”

Ahora bien de conformidad a lo previsto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Así tenemos que de acuerdo al principio de Concentración los Jueces deben continuar con los Juicios suspendidos dentro de un lapso no mayor de dieciséis (16) días. Así tenemos que en la presente causa, en fecha 20-09-2013 ha operado LA INTERRUPCION DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO.

En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, El Tribunal Declara INTERRUMPIDO EL DEBATE, en la presente causa, en consecuencia se REPONE la misma al estado de fijar nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Público desde su inicio, en virtud de haberse agotado el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. Y ASÍ SE DECIDE.
PARTE DISPOSITIVA

Con fundamento a las razones de hecho y de derecho antes analizadas, este Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, seguida en contra del ciudadano acusado: EDUAR EMILIANO CISNEROS TORRES, titular de la Cédula de Identidad V-12.298.460, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION CON AGRAVANTES, previsto y sancionado en el artículo 149, en relación con el artículo 3 numeral 27 y artículo 163 numeral 7, de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, en virtud de haberse agotado en esta misma fecha el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. En consecuencia se repone la causa al estado del inicio del Juicio Oral. Notifíquese a las partes.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en la ciudad de Guarenas, al los veinte (20) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Publíquese, Diarícese y regístrese -
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO (T).

ABG. MARCO ANTONIO GARCIA LA SECRETARIA

Abg. YELITZA SUAREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. YELITZA SUAREZ
Causa N°: 1U 979-12
MAGG/YS.-