CAUSA: 1U 1300-13

JUEZ: Abg. MARCO ANTONIO GARCIA G.
FISCAL: Abg. TERLIA CHARVAL, Fiscal 29º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
VÍCTIMA: LA COLECTIVIDAD
ACUSADOS: JESÚS ENRIQUE MAYORA OJEDA,
JESÚS ENRIQUE PANTOJA HERNÁNDEZ
DEIVI JOSÉ MAYORA OJEDA.
DEFENSA: Abg. ANGEL RAMON ZAMORA (Defensor Privado).
SECRETARIA: Abg. YELITZA SUAREZ


En fecha 02 de Mayo del año 2013, se dio inicio al Juicio Oral y Público en la presente causa, seguida en contra de los ciudadanos: JESÚS ENRIQUE MAYORA OJEDA , JESÚS ENRIQUE PANTOJA HERNÁNDEZ y DEIVI JOSÉ MAYORA OJEDA, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en la Ley Orgánica de Drogas, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y adicionalmente para el acusado JESÚS ENRIQUE MAYORA OJEDA, la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, y se fijó su continuación para el día 21-05-2013 a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-

En fecha 12-05-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 06-06-2013, a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-.

En fecha 06-06-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 18-06-2013, a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-

En fecha 18-06-2013, no se constituyo el Tribunal, por cuanto no hubo traslado, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 26-06-2013, a las 9:00 horas de la mañana.

26-06-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 16-07-2013, a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-

En fecha 16-07-2013, no hubo despacho en este Juzgado, por encontrarse el ciudadano Juez en cita médica, razón por la cual fue diferida la continuación del Juicio Oral y Público en la presente causa para el día 29-07-2013, a las 09:00 horas de la mañana, ordenándose librar las respectivas Boletas de Notificación a las partes.

En fecha 29-07-2013, se difiere la continuación del juicio oral y público en la presente causa para el día 12-08-2013, a las 9:00 horas de la mañana, en virtud de encontrarse el Tribunal en comisión en el Internado Judicial El Rodeo I, II y III, con sede en Guatire, Estado Miranda, participando en el Plan Cayapa Judicial 2013. Ordenándose librar las correspondientes boletas de notificación a las partes.-

En fecha 12-08-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 27-08-2013, a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-

En fecha 27-08-2013, se constituyo el Tribunal en la sala de audiencias y en presencia de las partes se dio inicio a la Continuación de la audiencia oral y pública en la presente causa, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 12-09-2013, a las 10:00 horas de la mañana, quedando las partes debidamente notificadas.-

En fecha 12-09-2013, no se constituyo el Tribunal, a solicitud de las partes con la finalidad de evitar la interrupción del juicio (Principio de Inmediación) en virtud de estar a cargo del despacho el Juez Suplente, fijándose como fecha para la continuación de la misma para el día 26-09-2013, a las 09:00 horas de la mañana.

En fecha 26-09-2013, no se constituyo el Tribunal, por ser este el día decimosexto (16) sin que se le haya dado continuidad al juicio (Inmediación) interrumpiéndose en esta misma fecha el debate oral y público en la presente causa, fijándose la apertura del juicio oral y público en esta misma fecha 26-09-2013, en virtud de encontrarse presente todas las partes.

El Artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, dispone lo siguiente:

“… Si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio…”

Ahora bien de conformidad a lo previsto en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal. Así tenemos que de acuerdo al principio de Concentración los Jueces deben continuar con los Juicios suspendidos dentro de un lapso no mayor de dieciséis (16) días. Así tenemos que en la presente causa, en esta misma fecha 26-09-2013 ha operado LA INTERRUPCION DEL DEBATE ORAL Y PÚBLICO.

En virtud de lo antes expuesto y conforme a lo establecido en los artículos 26 y 257 de la Constitución de La República Bolivariana de Venezuela, El Tribunal Declara INTERRUMPIDO EL DEBATE, en la presente causa, en consecuencia se REPONE la misma al estado de fijar nueva fecha para la realización del Juicio Oral y Público desde su inicio, en virtud de haberse agotado el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. Y ASÍ SE DECIDE.


PARTE DISPOSITIVA

Con fundamento a las razones de hecho y de derecho antes analizadas, este Juzgado Primero en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Barlovento con sede en la ciudad de Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que confiere la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: DECLARA INTERRUMPIDO EL DEBATE DEL JUICIO ORAL en la presente causa, seguida en contra de los ciudadanos acusados: JESÚS ENRIQUE MAYORA OJEDA , JESÚS ENRIQUE PANTOJA HERNÁNDEZ y DEIVI JOSÉ MAYORA OJEDA, por la presunta comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACION, previsto y sancionado en la Ley Orgánica de Drogas, USO DE ADOLESCENTE PARA DELINQUIR, previsto y sancionado en el artículo 264 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y adicionalmente para el acusado JESÚS ENRIQUE MAYORA OJEDA, la presunta comisión de los delitos de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, en virtud de haberse agotado en esta misma fecha el lapso de tiempo de dieciséis (16) días previstos en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, para que opere la Interrupción del juicio. (Conforme a los Principios de Inmediación y Concentración). En consecuencia se repone la causa al estado del inicio del Juicio Oral, fijándose la nueva apertura del juicio para esta misma fecha 26-09-2013, en virtud de encontrarse presente todas las partes en la sala de audiencias. Quedando todos debidamente notificados.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, con sede en la ciudad de Guarenas, al los veintiséis (26) días del mes de septiembre de dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación. Publíquese, Diarícese y regístrese -
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO (T).

ABG. MARCO ANTONIO GARCIA
LA SECRETARIA

Abg. YELITZA SUAREZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA

Abg. YELITZA SUAREZ












Causa N°: 1U 1300-13
MAGG/YS.-