REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Extensión Valles del Tuy
202º y 153º

ASUNTO: MP21-P-2011-002739

ACTA DE DIFERIMIENTO DE AUDIENCIA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

TRIBUNAL:

JUEZ: JOSE ARGENIS MORENO GONZALEZ
Tribunal Primero de Juicio.

SECRETARIA: YAJAIRA CHOURIO

PARTES:

FISCAL: FISCAL 27° MINISTERIO PÚBLICO
DRA. ROSA MORNAGHINO.

ACUSADO: JESUS RAFAEL BLANCO

DEFENSA: ABG. MARCO CARAUCAN (Defensor Público Penal Nº 15)

DELITO: OCULTACION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Droga.

En el día de hoy, Jueves, Diecinueve (19) de Septiembre del año Dos Mil Trece (2013), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevar a cabo el ACTO DE AUDIENCIA DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PUBLICO en contra del acusado JESUS RAFAEL BLANCO, se deja constancia que no obstante encontrarse fijado dicho acto para las 09:30 de la mañana, este Tribunal procede a establecer un lapso prudencial de espera siendo las 10:30 horas de la mañana, anunciándose dicho acto con las formalidades de Ley, el Tribunal se trasladó y constituyó en la Sala de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy del Estado Miranda, hizo acto de presencia el DR. JOSE MORENO GONZALEZ, Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicita a la Secretaria ABG. YAJAIRA CHOURIO, verificar la presencia de las partes, quien le informó que se encuentra presente la Fiscal 27° Ministerio Público, DRA. ZORAIDA MOLINA y el Defensor Público Penal 15º, DR. MARCO CARAUCÁN, más no así, el acusado JESUS RAFAEL BLANCO por falta de traslado del Internado Judicial de Los Teques. Acto seguido el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 320 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual hace mención “Si el debate no se reanuda a más tardar al décimo sexto día después de la suspensión, se considerará interrumpido y deberá ser realizado de nuevo, desde su inicio” y en vista que la presente Audiencia ha sido diferida en varias oportunidades por falta de traslado del acusado JESÚS RAFAEL BLANCO, en consecuencia se declara Interrumpido el Debate del Juicio Oral y Público y se acuerda fijar acto de APERTURA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, para el día 09 DE OCTUBRE DE 2013, A LA 01:00 HORAS DE LA TARDE. Se ordena librar la respectiva boleta de traslado. Asimismo se ordena oficiar con carácter de extrema urgencia al Director del Centro Penitenciario Región Capital Yare, a los fines de que informa a este Tribunal en un lapso no mayor de 24 horas, las razones por las cuales no se efectuó el traslado del acusado como lo fue ordenado por este Juzgado. Se declara cerrada la presente audiencia siendo las 10:35 horas de la mañana. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO

Dr. JOSE ARGENIS MORENO GONZALEZ

LA FISCAL 27° MINISTERIO PÚBLICO



DRA. ZORAIDA MOLINA

EL DEFENSOR PÚBLICO PENAL 15º


DR. MARCO CARAUCÁN


LA SECRETARIA DE SALA,

Abg. YAJAIRA CHOURIO



ASUNTO: MP21-P-2011-002739
Acta de Diferimiento Audiencia de Continuación de Juicio Oral y Público