REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE EJECUCIÓN EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy
Valles del Tuy, diecinueve de septiembre de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: MP21-P-2008-000933
Visto el oficio Nº 4465-13MPPSP/CRSJARG fechado 15-08-2013, suscrito por la ABG. FANNY PARRA Directora del centro de Residencia Supervisada “DR. JOSE ALFREDO RODRIGUEZ GONZALEZ y la ABG. MARIA ALVAREZ Delegada de Prueba, mediante el cual RATIFICANDO las solicitudes de REVOCATORIA DE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REGIMEN ABIERTO al penado DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA de fechas: 01-10-2012, 28-05-2013 y 02-07-2013, este tribunal a los fines de emitir el pronunciamiento correspondiente observa:
En fecha 05-12-2011, este Juzgado de Ejecución le acordó al penado DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REGIMEN ABIERTO, librándose oficio Nº 2969-2011 de fecha 19-12-2011 dirigido al Centro de Residencia “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ”, lugar donde debía pernoctar.
En fecha 16-07-2012 se recibe EVOLUCION DE CONDUCTA del residente DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, procedente del Centro de Residencia “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ”, correspondiente al período diciembre 2012-mayo 2012, suscrito por la Directora del Centro TSU DORIS VILLALTA, señalando en el ítems de AREA DE CONDUCTA Y ADAPTABILIDAD AL REGIMEN lo siguiente: Cumple normas y controles, asiste a las entrevistas con su Delegado de Prueba en la fecha y hora pautadas para las mismas, interactúa con el resto de la población en Régimen sin dificultad, se observa reflexivo ante el delito y su anterior conducta. CONCLUSIONES: El análisis de las anteriores áreas permiten determinar que en el caso in comento existe un PRONOSTICO DE CONDUCTA FAVORABLE.
En Fecha 11-01-2013 se recibe oficio Nº MPPSP/DGAPAESRP/2013/025, procedente del Centro de Residencia “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ” suscrito por la Directora del Centro TSU DORIS VILLALTA, mediante el cual remite informe de SOLICITUD DE PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL del residente DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, correspondiente al lapso de JULIO A DICIEMBRE 2012.
En fecha 03-04-2013 este Tribunal dicta decisión mediante la cual le acuerda la SUPERVISION ESPECIAL, con basamento a la SOLICITUD DE PERMISO DE SUPERVISION ESPECIAL en virtud de los criterios establecidos por Centro de residencias Supervisadas tales como: “AREA FAMILIAR: Reside en la ciudad Lozada, Calle Principal 12 de marzo, Casa Nº 29 Santa Teresa del Tuy Estado Miranda, junto a su progenitora Sra. FRANCISCA SANTAELLA.
AREA LABORAL: Labora para la empresa Refrimet C.A. ubicada en la Carretera Santa teresa –Yare KM 6 San francisco de Yare del estado Bolivariano de Miranda, desempeñándose como Operador General, devengando un salario mensual de bolívares DOS MIL QUINIENTOS NOVENTA CON CINCUENTA Y CINCO CENTIMOS (2.590,55) en el horario de 7:30 AM a 5:00 PM de LUNES A JUEVES y el VIERNES de 7:30 AM a 4:00 PM.
AREA DE SALUD: Persona saludable, niega consumo de alcohol Y Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
AREA DE DISCIPLINA Y ADAPTABILIDAD DEL REGIMEN: Cumple normas y controles, asiste a las entrevistas con su delegado de pruena en la fecha y hora pautadas para las mismas , se muestra receptivo ante toda orientación y sugerencia impartida por los miembros del consejo de Evaluación que funciona en este establecimiento, dejando ver elementos significativos que evidencia disposición al cambio tales como: APOYO INCONDICIONAL DE SU GRUPO FAMILIAR. RESPONSABLE CONSIGO Y SU FAMILIA. HABITOS ESTRUCTURADOS DE TRABAJO. INTERACTUA EN GRUPO ADECUADAMENTE. RESPECTUOSO ANTE LA FIGURA DE AUTORIDAD Y RFLEXIVO ANTE EL DELITO Y SU ANTERIOR CONDUCTA.
CONCLUSION REOMENDACIONES: Todo lo expuesto en este informe permite expresar que existe un PRONOSTICO DE CONDUCTA FAVORABLE, con un mínimo de reincidencia de hechos delictivos, que le permiten al Residente: DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, acogerse a los artículo 49 y 50 del reglamento Interno para los Centros de Residencia Supervisada, cuyos contenidos rezan:
En vista de lo antes señalado, resulta contradictorio la solicitud de REVOCATORIA DE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA DE REGIMEN ABIERTO al penado DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, toda vez que el mismo goza de un PERMISO ESPECIAL que le fue solicitado por el Centro de Residencia Supervisada “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ” en fecha 11-01-2013, suscrito por la Directora del Centro TSU DORIS VILLALTA, no entiende este tribunal, porque motivo el Centro de Residencia Supervisada “DR. ALFREDO RODRIGUEZ GONZALEZ” esta solicitando la REVOCATORIA DEL REGIMEN ABIERTO, no siendo este Centro de Residencia el asignado por este Juzgado en fecha 05-12-2011 al momento de otorgarle la Formula Alternativa de Cumplimento de Pena Régimen Abierto.
Por lo razonamientos antes expuesto este Tribunal Segundo en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, Extensión Valles del Tuy; administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: librar oficio a la Directora del Centro de Residencia Supervisada “DR. ALFREDO RODRIGUEZ GONZALEZ”, quien solicita la REVOCATORIA DE LA FORMULA ALTERNATIVA DE CUMPLIMIENTO DE PENA REGIMEN ABIERTO, mediante oficio Nº 4465-13MPPSP/CRSJARG fechado 15-08-2013, al residente DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA, quien esta bajo la supervisión del Centro de Residencia Supervisada “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ” desde el 05-12-2011 fecha en la cual se le acordó el REGIMEN ABIERTO y actualmente goza de una SUPERVISION ESPECIAL solicitada por citado centro. SEGUNDO: Se librar oficio a la Directora del Centro de Residencia Supervisada “DR. LUIS MARTINEZ GONZALEZ”, a los fines que informe si el residente DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA actualmente esta cumpliendo con la SUPERVISION ESPECIAL y TERCERO: Líbrese citación al ciudadano DIEGO OSCAR CASTEJON SANTAELLA dirigida al Centro de Residencia que debe comparecer a la sede de este Tribunal una vez que sea notificado. Notifíquese a las partes y de la presente decisión. CUMPLASE.-
LA JUEZ SEGUNDA DE EJECUCION
MARTHA CESPEDES HERNANDEZ
LA SECRETARIA
FELICIA GRATEROL