REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO








REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 09 de Abril de 2014
203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana SHELIMAR NAZARETH BETANCOURT ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 14.746.206, actuando en su propio nombre y representación de la ciudadana LEOSMARY ANDREINA BETANCOURT HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 20.794.279, debidamente asistida por el abogado ALEXANDER CHACON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 151.002, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones las ciudadanas RAMONA LUISA SILVA DE CHACON y DEIXY COROMOTO HILDAGO HERNÀNDEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos 5.609.757 y 11.037.918, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de las ciudadanas SHELIMAR NAZARETH BETANCOURT ZAMBRANO y LEOSMARY ANDREINA BETANCOURT HERNANDEZ, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nº 14.746.206 y 20.794.279, respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión del De Cujus OSMAR ISIDRO BETANCOURT, quien falleció ab intestato, en fecha 13 de Febrero de 2013, en sus caracteres de causahabientes del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a la promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR



DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
LA SECRETARIA

ABG. CRISTINA ROQUE
S-N° 3242/2014
JVA/cr/dcpc.-





Quien Suscribe, ABG. CRISTINA ROQUE, secretaria del JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CERTIFICA: Que las copias que anteceden son copias fiel y exacta de los originales del decreto de Titulo de Únicos y Universales Herederos dictado por este Tribunal en fecha 09/04/2014, que corren insertas en el expediente signado con el N° 3242/2014, nomenclatura de este órgano jurisdiccional. Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Los Teques, 09 de Abril de 2014. Años 203° y 155°.-

LA SECRETARIA


ABG. CRISTINA ROQUE