REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO
GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 9 de Abril de 2014
203° y 155°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, suscrita por la ciudadana MONASTERIO HERNÁNDEZ CAR JOZABETH, titular de la cédula de identidad Nº. V- 18.537.429, asistida por el abogado CARLOS JOSÉ MONASTERIOS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 200.656, así como las actas levantadas por éste Juzgado, en las cuales rinden declaraciones los ciudadanos SAMAI ZURISADDAI PEÑA D LIMA y JOSEPH LEONARDO BAZARTE CHIRIVELLA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.147.794 y V- 13.366.087, respectivamente. Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, decreta las mismas TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a favor de los ciudadanos MONASTERIO HERNÁNDEZ CAR JOZABETH, MONASTERIOS HERNÁNDEZ CAROL YULIANA y MONASTERIOS HERNÁNDEZ CARLOS ELEAZAR venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 18.537.429, V-11.820.259 y V-13.231.590 respectivamente, para asegurar los derechos que tengan dichos ciudadanos en la Sucesión de la ciudadana HERNÁNDEZ CEQUERA MARÍA ELIZABETH, quien falleció en fecha 10 de Octubre de 2013, en sus caracteres de causahabiente del prenombrado causante, todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvanse en original las presentes actuaciones a los promoventes, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, previa constancia en el Libro Diario.
LA JUEZ TITULAR


DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ

LA SECRETARIA

ABG. CRISTINA ROQUE



S-N° 3324/2014
JVA/CR/yg.-