TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintidós (23) de Abril del año dos mil Catorce.
204° y 155°
Oídas como han sido las declaraciones de los testigos, Ciudadanos: SORAIDA ARENAS ARENAS y MARLON JAIR ROSAS CARRILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números: V- 13.145.433, y V- 12.816.650, en su orden, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos. Y visto el escrito presentado por el Ciudadano: ERNESTO PEREZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.137.497, asistido por el abogado ANGEL NEGELIZ GUARATE RIVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 122.747, en el cual exponen que el día 02 de Octubre 2.011 falleció quien fuera su Hijo Ciudadano: JOSÉ ERNESTO PEREZ ACEVEDO, quien era titular de la cédula de identidad N° V- 5.325.296, según certificación expedida por el Dr. EILING RUIZ TOVAR, tal y como se evidencia del Acta de Defunción Nº 1491, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia San Juan, del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital. En consecuencia este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle al Ciudadanos: ERNESTO PEREZ MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 9.137. 497, en su carácter de Progenitor, el carácter de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante JOSE ERNESTO PEREZ ACEVEDO.
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal, devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales y expídanse las copias certificadas solicitadas.
Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ
Abg. VICTOR MANUEL ANDRADE GARCÍA
SECRETARIO
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