REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
203º Y 154º
ASUNTO: MP21-P-2011-002952
ACTA DE DIFERIMIENTO DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO
IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL:
JUEZ: DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ
SECRETARIO: ABG. RORAIMA SILVA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: DR. JESUS CERMEÑO, FISCAL (27°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
VÍCTIMA: MARIA ASCENCAO
DEFENSA: DR. MARCO AURELIO CARAUCAN, DEFENSOR PÚBLICO PENAL Nº 15 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.
ACUSADO: ELVIS DANIEL SEGURA RONDON.
En el día de hoy, MARTES, QUINCE (15) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2.014), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevar a cabo el ACTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la causa seguida al acusado ELVIS DANIEL SEGURA RONDON, se deja constancia que no obstante encontrarse fijado dicho acto para las 9:30 de la mañana, este Tribunal procede a establecer un lapso prudencial de espera siendo las 12:00 horas del mañana, anunciándose dicho acto con las formalidades de Ley, el Tribunal se trasladó y constituyó en la Sala de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy del Estado Miranda, hizo acto de presencia el DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ, Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicita a la secretaria ABG. RORAIMA SILVA, verificar la presencia de las partes, quien le informó que encuentra presente la Fiscal (27º) del Ministerio Público,DR. JESUS CERMEÑO y el Defensor Público Penal Nº 15, DR. MARCO AURELIO CARAUCAN; vista la incomparecencia de la víctima y el acusado de autos, por falta de traslado, es por lo que no se abre el DEBATE DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, y se difiere para el día JUEVES, OCHO (08) DE MAYO DE 2.014, A LAS 11:00 HORAS DE LA MAÑANA. Las partes presentes quedan notificadas del presente acto; Oficiar a la Dirección del Centro Penitenciario Región Capital Yare, a los fines de que sirvan manifestar el motivo por el cual no se materializó el traslado del acusado de autos. Se ordena librar la respectiva boletas de notificación a las partes. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO,
DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ
FISCAL (27º) DEL MINISTERIO PÚBLICO,
DR. JESUS CERMEÑO
DEFENSOR PÚBLICO PENAL Nº 15
DR. MARCO AURELIO CARAUCAN
SECRETARIA DE SALA,
ABG. RORAIMA SILVA
ASUNTO: MP21-P-2011-002952
ACTA DE DIFERIMIENTO DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO