REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL – EXTENSIÓN VALLES DEL TUY
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO
203º Y 155º


ASUNTO: MP21-P-2012-000949


ACTA DE DIFERIMIENTO DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO

IDENTIFICACIÓN DEL TRIBUNAL:
JUEZ: DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ

SECRETARIO: ABG. RORAIMA SILVA

IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
FISCAL: DR. JESÚS ALBERTO CERMEÑO, FISCAL (27°) DEL MINISTERIO PÚBLICO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, CON SEDE EN OCUMARE DEL TUY.

DEFENSA: DR. NICOLO CATALANO CAMPISI, DEFENSOR PÚBLICO PENAL Nº 9 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.

ACUSADOS: YANIS JOSÉ DUQUE Y DANNY RAFAEL DUQUE, TITULARES DE LAS CÉDULAS DE IDENTIDAD Nº V-20.839.802 Y V-22.040.993, RESPECTIVAMENTE.-

En el día de hoy, MARTES, VEINTIDOS (22) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CATORCE (2014), siendo la oportunidad fijada por este Tribunal para llevar a cabo el ACTO DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO, en la causa seguida a los acusados YANIS JOSÉ DUQUE Y DANNY RAFAEL DUQUE, se deja constancia que no obstante encontrarse fijado dicho acto para las 8:30 de la mañana, este Tribunal procede a establecer un lapso prudencial de espera siendo las 12:30 horas de la tarde, anunciándose dicho acto con las formalidades de Ley, el Tribunal se trasladó y constituyó en la Sala de Juicio N° 03 del Circuito Judicial Penal, Extensión Valles del Tuy del Estado Miranda, hizo acto de presencia el DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ, Juez de Juicio de este Circuito Judicial Penal, quien solicita a la secretaria ABG. RORAIMA SILVA, verificar la presencia de las partes, quien le informó que se encuentra presente el Fiscal (27º) del Ministerio Publico, DR. JESÚS ALBERTO CERMEÑO; vista la incomparecencia del Defensor Público Penal y de los acusados en autos, por falta de traslado, proveniente del Centro Penitenciario Región Capital Yare; en consecuencia no se abre el DEBATE DEL JUICIO ORAL Y PÚBLICO, y se difiere para el día MARTES, VEINTINUEVE (29) DE ABRIL DE 2014, A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA. Las partes presentes quedan notificadas del presente acto. Se ordena librar la respectiva Boleta de Traslado a nombre del acusado de autos y boletas de notificación a las partes; Oficiar a la Dirección del Centro Penitenciario Región Capital Yare, a los fines de que sirva informar el motivo por el cual no se materializó el traslado del acusado de autos. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ PRIMERO DE JUICIO,

DR. JOSÉ ARGENIS MORENO GONZÁLEZ

FISCAL (27º) DEL MINISTERIO PÚBLICO,

DR. JESÚS ALBERTO CERMEÑO


SECRETARIA DE SALA,

ABG. RORAIMA SILVA

ASUNTO: MP21-P-2012-000949
ACTA DE DIFERIMIENTO DE CONTINUACIÓN DE JUICIO ORAL Y PÚBLICO