REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION

En el día de hoy, martes, cinco (05) de agosto de 2014, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA titular de la cedula de identidad numero 6.874.822, contra el ciudadano MANUEL DA MATA, titular de la Cédula de Identidad Nº. 81.080.599, en virtud de la apelación interpuesta por los abogados CARLOS MARTÌNEZ y MIGUEL ZAMBRANO inscritos en INPREABOGADO bajo los N°S. 70.903 y 59.861, respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales de parte actora contra la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de junio de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques, la cual cursa en el expediente N° 14-2177 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja expresa constancia de la comparecencia de la parte actora apelante, ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA, acompañado de sus apoderados judiciales abogados, CARLOS MARTÌNEZ y MIGUEL ZAMBRANO todos anteriormente identificados. Igualmente se deja constancia de la comparecencia de los apoderados judiciales de la parte demandada, abogados CARMELO ENRIQUE DÌAZ ESCOBAR y CARMELO JOSÈ DIAZ CABRAL inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 58.762 y 226.319, respectivamente. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho de palabra a la representación judicial de la parte actora apelante, cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho de palabra a la representación judicial de la parte demandada, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Seguidamente, el ciudadano Juez, le otorga el derecho a réplica a la representación judicial de la parte demandante apelante, cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, el ciudadano Juez, procedió a realizar el interrogatorio a la parte actora, en aplicación del artìculo 103 de la Ley Orgánica de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; respecto de la declaración de parte, cuyas preguntas y respuestas quedaron registradas en el material audiovisual; Acto seguido el ciudadano Juez, le otorgó el derecho a contrarréplica al apoderado judicial de la parte demandada y luego facultó del mismo derecho a la parte demandante, todo lo cual se quedó registrado en el material audiovisual. Concluida la exposición de la parte apelante, el ciudadano Juez, anunció se acogería al lapso de 60 minutos para dictar la sentencia conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo el ciudadano Juez retorna a la Sala de Audiencia y pasa hacerlo como sigue.- De regreso a la sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente:“…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por los abogados CARLOS MARTÌNEZ y MIGUEL ZAMBRANO inscritos en INPREABOGADO bajo los N°S. 70.903 y 59.861, respectivamente actuando en su carácter de apoderados judiciales de parte actora contra la sentencia dictada en fecha veinticinco (25) de junio de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques,. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, sigue el ciudadano TOMAS OSWALDO BRUNI ESPINOZA titular de la cedula de identidad numero 6.874.822, contra el ciudadano MANUEL DA MATA, titular de la Cédula de Identidad Nº. 81.080.599,. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha veinticinco (25) de junio de 2014 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en la Ciudad de Los Teques. CUARTO: Por la naturaleza del fallo, se exonera en costas a la parte actora. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los cinco (05) días del mes de agosto del año dos mil catorce (2014). Años 203° de la Independencia 154° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.



ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



ACTOR


APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE ACTORA
APODERADOS JUDICIALES
DE LA PARTE DEMANDADA


EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
EXP. 14-2177
AHG/IEVZ*