TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CRISTOBAL ROJAS Y URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN CUA.
CUA, ONCE (11) DE AGOSTO DE DOS MIL CATORCE (2014).
204° y 155°
Vistas las actuaciones que anteceden, referidas a la solitud realizada por la ciudadana, CONCEPCION GONZALEZ MEZA, de Nacionalidad Españolcia, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad N° E-396.989, debidamente asistida por la Abogada en ejercicio CHELA MUJICA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 51.452, donde solicitan que las anteriores diligencias sean declaradas suficientes para asegurarles el derecho de propiedad y posesión sobre las bienhechurías a que ellas contraen.
De las declaraciones rendidas por ante este Juzgado en fecha (29) de Julio del 2014, por las ciudadanas: DELGADO ROSADO ILVIA MARELIS y ZAMORA VILLEGAS TRINA LUISA venezolanas, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 6.800.000 y V-11.554.886, en ese orden, las mismos son contestes al afirmar que:
La solicitante ciudadana: CONCEPCION GONZALEZ MEZA, ocupa una parcela de terreno identificada con el N° 43 y una vivienda que estaba constituida por una fachada sencilla, área de estacionamiento en tierra, Dos (02) habitaciones sin closet, Una sala-comedor, con piso de cerámica, Un (01) baño, siendo el juego de baño de segunda, que todas las ventanas eran de estilo macuto. Que se encuentra ubicado en el conjunto Residencial Villas de Matalinda, ubicada en la Etapa 1-A, del parcelamiento Industrial Cantarrana-Matalinda, Jurisdicción del Municipio Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda. Que posee un área de superficie de DOSCIENTOS TRECE METROS CUADRADOS CON TREINTA Y OCHO DECIMETROS CUADRADOS (213,38 m2) Según documento protocolizado ante la Oficina de Registro del Municipio Urdaneta y Cristóbal Rojas del Estado Miranda en fecha 07-09-1998, anotado bajo el N° 7, Folio 54 al 62, Protocolo Primero Tomo Duodécimo, Tercer Trimestre. Que le ha realizado a la vivienda descrita, diversas mejoras o modificaciones: Fachada cubierta completamente en canto rodado, con tres ventanas y Una (01) puerta principal en hierro, estilo romanilla; estacionamiento con capacidad para Dos (02) vehículos, con piso en caico y bordes en canto rodado, techo de platabanda y un portón doble hoja estilo romanilla; porche con piso de caico y bordes en canto rodado; jardín con una (01) fuente con rejas de protección en la parte superior y a sus lados balaustras que separan el jardín del estacionamiento, en la sala se reemplazó la puerta por Una (01) fabricada con madera tallada de primera, las ventanas se ampliaron y fueron reemplazadas por ventanas de hierro con recuadros en vidrio, corrediza (2x2) con reja de protección y jardinera, de igual forma se fabricó la cocina con mampostería con cerámica de primera y se empotró con madera tallada de primera en su totalidad; baño: solo Uno (01) se amplió y se colocó cerámica de primera calidad en todas sus paredes, se le reemplazó todos los accesorio por unos de primera calidad, se le colocó puertas divisorias entre el retrete y la ducha con puerta corrediza de aluminio y espejo de punta a punta: habitaciones: solo Dos (02) de las cuales a una se le reemplazó la ventana por una mas grande de hierro con recuadros en vidrios y se le coloco rejas protectora, y a la segunda se le reemplazó la ventana por una de hierro doble hoja con recuadros de vidrio, ambas habitaciones con closet de madera de primera calidad, además de ello se habilitó un nuevo ambiente que cumple las funciones de sala de estar o recibo, una habitación tipo estudio con piso de cerámica con ventana de hierro de recuadros en vidrios y una reja protectora; una habitación (01) matrimonial con closet de madera de primera calidad, una ventana de hierro con recuadros en vidrios, corrediza y reja protectora; un baño de cuatros metros (4,00 m) de ancho, con puerta estilo acordeón, empotrado aéreo con madera de primera calidad mampostería de metro y medio (1,50 m), desde el piso y las paredes desde el techo hasta el piso todo el baño, con puerta divisoria entre el retrete y la ducha de aluminio con espejo de punta a punta con bañera en la ducha de dos metros (2,00 m); lavandero: construido con un baño en cerámica de primera calidad, paredes y el piso con los accesorios de primera calidad, se divide del ambiente de recibo por una puerta de hierro de recuadro de cuatro (04) hojas corredizas desde el techo hasta el piso y mide cuatro metros (4,00 m) de ancho y un sótano con desnivel de Dos metros (2,m), con una ventana de desahogo y reja de seguridad, con puerta de hierro; además de ello, un local sobre el sótano con piso de cerámica, santa maría protegida por unas rejas de hierro corredizas, doble hojas de primera calidad con una puerta de acceso desde la casa de hierro y con rejas; escaleras que van desde el lavandero, local y hasta el segundo piso cubiertas de cerámicas y barandas con pasa manos de hierro; SEGUNDA PLANTA: Que esta construida con piso de cerámica, techo de platabanda, paredes de bloque; y que se encuentra estructurada de la siguiente forma: Tres (03) habitaciones con Tres (03) puertas de madera teniendo cada habitación una ventana de 2x2; una cocina con mampostería cubierta en cerámica y con mesón recubierto en cerámica, y una puerta en hierro y una reja Multilock en el pasillo que vas desde la cocina a la sala-comedor, cuya puerta conduce a la escalera que comunica al jardín, cuya sala-comedor tiene puerta de aseo que da al balcón y Cinco (05) ventanas de las cuales Tres son 2x2, y las otras dos son pequeñas; un (01) baño con cerámica y accesorios de primera calidad, un (01) balcón con rejas estilo pecho paloma con balustras, puerta en forma de arco de rejas con recuadros de vidrios doble hoja, de ventanas en forma de arcos de hierro con recuadro doble hoja con una reja protectora y jardinera; Siete (07) ventanas 2x2 de hierro con recuadros en vidrios corrediza con reja protectora y jardinera; el techo de la casa se encuentra cubierta de tejas, con una escalera interna y otra escalera por el jardín construida en hierro y cemento, con barandas en balaustras. Que ha invertido en la construcción de la referida bienhechuría tanto en materiales de construcción como en mano de obra, la suma de UN MILLON NOVECIENTOS MIL BOLIVARES CON 00/100/ CMS. (Bs. 1.900.000,00)
Ahora bien, por cuanto no ha habido oposición alguna al respecto, éste Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Cúa , Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando conforme a las atribuciones conferidas mediante la Resolución N° 2009-006 de fecha 18-3-2009 emanada del Tribunal Supremo de Justicia debidamente publicada en fecha 02-04-2009 en Gaceta Oficial N° 39.152, y en virtud a lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA estas diligencias TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE para asegurarle a la ciudadana CONCEPCION GONZALEZ MEZA, de Nacionalidad Española, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la Cédula de Identidad Nro° E-396.989, el derecho de propiedad y posesión sobre la bienhechuría ut supra identificada, quedando siempre a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada, incluyendo la solicitud la cual fue redactada por la Profesional del Derecho CHELA MUJICA, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 51.452 y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Asimismo, déjese constancia en el libro diario llevado por este Tribunal.
Provéase lo conducente.
La Juez,
Dra. Josefina Gutiérrez
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La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
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Siendo las 11:00 am, se publica la anterior.
La Secretaria,
Abg. Llasmil Colmenares
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JG.-
TS-2499-14
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