REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control N° 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 11 de Agosto de 2014
202° y 154°
Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Sala de Flagrancias del Ministerio Público: Abg. Katherine Azuaje/Defensor Público Penal: Abg. Leslie Herrera/Imputados: Villegas Pérez Willian Israel, Álvarez Luis Felipe y Girardet Barreras Yalvin Eduardo, titulares de las cedulas de identidad N° V-12.159.062, 25.236.061 y 25.948.984, respectivamente.-
Secretaria: Abg. Karla García.-
Delito: Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.-


DECISIÓN:
Por los razonamientos anteriormente expuestos éste Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se califica la flagrancia del hecho por el cual fueron aprehendidos los imputados Villegas Pérez Willian Israel, Alvarez Luis Felipe y Girardet Barreras Yalvin Eduardo, titulares de las cedulas de identidad N° V-12.159.062, 25.236.061 y 25.948.984, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 373 eiusdem; SEGUNDO: Se Ordena que continúe la investigación por el procedimiento ordinario, contemplado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal; TERCERO: Se ordena la Libertad Plena de los ciudadanos 1) ALVAREZ LUIS FELIPE, titular de la cedula de identidad V-25.236.061, nacionalidad venezolano, natural Los Teques, estado Miranda, fecha de nacimiento 26/06/1991, hijo OMAIRA ALVAREZ (v) Y LUIS GARCES (v), edad 23 años, profesión ayudante de albañil, residencia Las tejerías Curipe las terraza casa sin numero punto de referencia después del liceo casa de color blanca sin cerca empezando la cuadra en la primera esquina, Estado Aragua teléfono 0426-717.87.97 y 2) GIRARDET BARRERAS YALVIN EDUARDO, titular de la cedula de identidad V-25.948.984, nacionalidad venezolano, natural Los Teques, estado Miranda, fecha de nacimiento 28/01/1995, edad 19 años, hijo Evelyn barrera, profesión obrero, residencia El Jabillal, sector vuelta el violín casa sin numero cerca de una bodega casa de color blanca, teléfono 0426-261.51.94, ya que la fiscal del Ministerio Público no hizo imputación alguna y se ordena la libertad plena de conformidad con el articulo 44 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-
CUARTO: Se Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad del ciudadano: Villegas Perez Willian Israel, titular de la cedula de identidad N° V-12.159.062, nacionalidad venezolano, natural Maracay, estado Aragua, fecha de nacimiento 14-05-1974, hijo Gladys Villegas (v) y Juan Villegas (f), edad 41 años, grado de instrucción sexto grado, profesión albañil, residencia trigo dorado, calle Páez casa numero 28, municipio Guaicaipuro Los Teques, teléfono 0416-5505857 (suegra Carmen Griman), de conformidad con lo artículo 236 numerales 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de los de Trafico Ilícito de Sustancias Estupefacientes en la modalidad de Distribución, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, por lo que se ordena el traslado al centro de reclusión del internado judicial de Carabobo “Tocuyito”.-
Se ordena librar boleta de encarcelación y oficio al INTERNADO JUDICIAL DE CARABOBO “TOCUYITO”, correspondiente al imputado Villegas Pérez Willian Israel, titular de la cedula de identidad N° V-12.159.062.-
Se ordena librar las boletas de excarcelación correspondientes a los ciudadanos Alvarez Luis Felipe y Girardet Barreras Yalvin Eduardo, titulares de las cedulas de identidad N° V-25.236.061 y V-25.948.984, respectivamente.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 159 Ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez


Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria



Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.- La Secretaria


RRA/rr
Causa: 2C15548-14