TRIBUNAL ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MICHELENA Y LOBATERA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. MICHELENA, QUINCE (15) DE DICIEMBRE DEL AÑO 2014.
204° y 155°
Vistas las diligencias que anteceden, contentivas de las declaraciones de los ciudadanos Wilman Enrique Arellano Arellano, casado, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.109.533 y William Carrillo Silva, soltero, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.107.937, el primero domiciliado en la calle 9 esquina carrera 5 casa N° 4-83 del Municipio Michelena del Estado Táchira y el segundo domiciliado en la carrera 5 Santa Eduviges parte Alta de Michelena del Municipio Michelena del Estado Táchira y hábiles; vista el Acta de Defunción N° 300, de fecha 9 de mayo del 2006, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente a la de cujus Lina Rosa Navarro de Pérez, quien fuera mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.795.746; vista igualmente la partida de Nacimiento No. 1634 de fecha 14 de diciembre de 1953, perteneciente a la ciudadana Lina Rosa Navarro Duque, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Juan Bautista del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; vista el Acta de Defunción N° 225, de fecha 19 de enero del 2014, expedida por el Registro Civil de la Parroquia La Concordia del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente a la ciudadana Ángela Emma Duque de Navarro, vista igualmente la partida de Nacimiento No. 4116 de fecha 15 de octubre de 1973, perteneciente al ciudadano Carlos Wilmer Pérez Navarro, expedida por el Registro Civil Principal del Estado Táchira; vista igualmente la partida de Nacimiento No. 345 de fecha 18 de abril de 1994, perteneciente a la ciudadana Ángela Saray Pérez Navarro, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; y vista igualmente la partida de Nacimiento No. 148 de fecha 27 de mayo de 1982, perteneciente a la ciudadana Yraly Carolina Perez Navarro, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Pedro María Morantes del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira; este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, los declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos Carlos Wilmer Pérez Navarro, Ángela Saray Pérez Navarro e Yraly Carolina Pérez Navarro venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.497.438, V-21.416.501 y V-15.080.770 respectivamente, su condición de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en su carácter de hijos de la causante Lina Rosa Navarro de Perez, quien falleció ab-intestato, el día 5 de mayo del 2006, según consta de acta de defunción arriba señalada. Conforme al Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales a la parte interesada y déjese en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal.-
Dra. Alicia Katherine Cárdenas de López
La Juez Temporal
Argilisbeth García Torres
Secretaria
En la misma fecha se entregaron los originales a la parte solicitante y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Argilisbeth García Torres
Secretaria
AKCL/Agt
Sol N° 1586-2014
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