REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control Nº 02
Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda
Con sede en la ciudad de Los Teques
Los Teques, 31 de diciembre de 2014
204° y 155°

Juez: Dr. Ricardo Rangel Avilés.-
Fiscal Auxiliar de Flagrancias del Ministerio Público: Abg. Katherine Azuaje Alves.-
Defensa Pública: Abg. Argenis Ibarra.-
Imputado: Luis Alberto Bandrés Guarenas, Titular de la cedula de identidad N° V-13.857.793.-
Secretaria: Abg. Stephanie Caldera.-



DECISIÓN:
Por todo lo antes expuesto este Juzgado de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se decreta la libertad sin restricciones del ciudadano LUIS ALBERTO BANDRES GUARENAS, titular de la cedula de identidad N° V-13.857.793, Nacionalidad: Venezolana, natural de Sabana Grande de Orituco- estado Guárico, de 35 años de edad, fecha de nacimiento: 29-10-1979, estado civil: soltero, grado de instrucción: universitario, ocupación: abogado, hijo de: Carmen Guarenas (V) y Valentín Bandres (V), residenciado en: Sector José Gregorio Hernández, calle la Placita, al final, casa 365, bajando las escaleras del callejón Los Mangos, la segunda casa a mano izquierda, Municipio Guaicaipuro-estado Bolivariano de Miranda, teléfono 0416-2128672; todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 44 numeral 1 del Código Orgánico Procesal Penal.-
SEGUNDO: Se Ordena se CONTINÚE LA INVESTIGACIÓN POR EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, contemplado en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal
Líbrese oficio y Boleta de Excarcelación al órgano aprehensor, con respecto a los imputados: LUIS ALBERTO BANDRES GUARENAS, titular de la cedula de identidad N° V-13.857.793.-
Quedaron notificadas las partes en la audiencia respectiva, de conformidad con el encabezado del artículo 159 ejusdem.-
Regístrese, publíquese y déjese copia. Cúmplase.-
El Juez


Dr. Ricardo Rangel Avilés La Secretaria

Abg. Stephanie Caldera

Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior. Así lo certifico.-
La Secretaria

Abg. Stephanie Caldera

RRA/SC/rr
Causa: 2C16146-14