REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL



JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 15 de enero de 2014.
203º y 154º

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos LUIS SIMON CONTRERAS FARIAS Y MARYLUZ FRANCISCO DE CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-5.425.376 y V-6.460.566 respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas en un porción de terreno propiedad municipal que tiene un área aproximada de SESENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (60,66 M2), ubicado en: La Comunidad José Manuel Álvarez, Calle el Carmen, Casa Nº 23-1, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción aproximada de CIENTO CUARENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS DECIMETROS CUADRADOS (140,86 M2) según consta de autorización de fecha 12 de diciembre de 2013, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, Shelley Girón, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
La Juez Temporal,

Dra. Fabiola Terán Suarez
La Secretaria,

Abg. Beyram Díaz
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de trece (13) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. Beyram Díaz
jh/2653-13
fts/bd*

Quien suscribe, BEYRAM DIAZ, Secretaria Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2663-13, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos LUIS SIMON CONTRERAS FARIAS Y MARYLUZ FRANCISCO DE CONTRERAS. La presente certificación fue autorizada por la ciudadana Juez Titular, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los quince (15) días del mes de enero de dos mil catorce (2014). Años: 203º y 154º.-
LA SECRETARIA

ABG. BEYRAM DIAZ



Jh/2663-13
fts/BD*