REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 17 de enero de 2014
203º y 154º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano JUAN LUIS GUTIERREZ ROJAS, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-20.999.239, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un lote de terreno de su propiedad, identificada con la letra B, ubicado en la Hacienda Cajigal y Dos Potreros del Medio, lote número seis (6), jurisdicción del Municipio Carrizal del Estado Bolivariano de Miranda, el cual tiene una superficie aproximada de TRESCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (360 M²), según consta de documento debidamente protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº 2013.2069, asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 229.13.17.1.2854 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, de fecha 17 de octubre de 2013, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudieran verse afectados por la presente declaración. Devuélvanse las presentes actuaciones en original al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio Marisol Luis Luis, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 84.887. Este Juzgado deja expresa constancia de haber tenido a la vista los siguientes recaudos: a) Documento protocolizado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, bajo el Nº 2013.2069, asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el Nº 229.13.17.1.2854 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2013, de fecha 17 de octubre de 2013; b) Copia simple de la cédula de identidad del solicitante y c) Levantamiento Topográfico. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal. Expídase por Secretaría las copias certificadas solicitadas de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Temporal,
Dra. Fabiola Carolina Terán Suárez
La Secretaria,
Abg. Beyram R, Díaz M
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de seis (06) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Beyram R, Díaz M
FCTS/BD*.-
TR/S-2670.14*.-