REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
203º y 154º


SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.

En horas de Despacho del día de hoy veinticinco (25) de febrero de dos mil catorce (2014), siendo las 9:30 AM día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, que incoara el ciudadano DERWIN FRANCISCO ASCANIO OCHOA, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad No.14.412.148, en contra de la demandada Entidad de Trabajo ” “D” SING STORE PUBLICIDAD EXTERIOR C.A, sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 01 de agosto de 2001, bajo el No. 66, Tomo 147-A-Pro. En este acto se deja constancia que la parte actora ni la parte demandada comparecieron ni por si ni por medio de apoderado alguno a la realización de la audiencia preliminar, Ahora bien, siendo que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio procesal de la inmediación; es por ello que este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con el Articulo 11 en concordancia con el Articulo 151 ultimo aparte ambos de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. NICOLÀS CELTA GUZMÀN




LA SECRETARIA
ABG. ELENA BENAVENT.
Expediente N°5562-13
NCG/EB.