REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Tribunal de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede de la Ciudad de Rio Chico.
Rio Chico, siete (7) de febrero de dos mil catorce (2014).
Años: 203º y 154°.

Expediente: 2013-11.

En atención a la sentencia dictada en fecha 18 de noviembre de 2013, por el Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de esta misma Circunscripción Judicial, con sede en la Ciudad de Los Teques, la cual determinó entre otras cosas lo siguiente: “…debe esta Alzada decretar la reposición de la causa al estado de que el Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, emita pronunciamiento con relación al recurso de apelación ejercido por la Abogada Andreina Echavez, contra el auto dictado el 03 de julio de 2013 (…), LA NULIDAD de todo lo actuado a partir del auto dictado en fecha 09 de julio de 2013, ordenándose la REPOSICIÓN de la presente causa al estado de que el Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, emita pronunciamiento respecto del recurso de apelación ejercido contra el auto de fecha 03 de julio de 2013…”.
Ahora bien, vista la diligencia cursante al folio 48 del presente expediente, suscrita por el ciudadano JUAN JOSE MALAVE, titular de la cédula de identidad Nº V-3.945.702, asistido por la abogada ANDREINA ECHAVEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el Nro. 186.802, parte demandante en el presente proceso, mediante la cual ejerce el recurso de apelación contra el auto dictado por este Despacho Judicial, el día 03 de julio de 2013 (f. 46 y 47), que declaró INADMISIBLE la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento que nos ocupa; en consecuencia, este Tribunal, de conformidad con lo establecido en los artículos 341 y 891 del Código de Procedimiento Civil, acuerda oír dicha apelación en ambos efectos, para lo cual se ordena remitir el presente asunto al Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques. Líbrese oficio.
EL JUEZ TEMPORAL

JOHNNYS OSTO BRAVO.
LA SECRETARIA

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.

Expediente Nº 2013-11.