REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 11 de febrero de 2014
203° y 154°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por la ciudadana María Auxiliadora Sánchez García, asistida por la abogada Mitsabel Armas, ampliamente identificadas; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: MARÍA AUXILIADORA SÁNCHEZ GARCÍA, JANETTE COROMOTO SÁNCHEZ MARTÍNEZ y FRANCISCO JOSÉ SÁNCHEZ GARCÍA, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-6.822.626, V-5.530.688 y V-9.967.430, en su orden, con el carácter de causahabientes, quienes son hermanos del causante, ciudadano JUAN CLEMENTE SÁNCHEZ GARCÍA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.101.999 y quien falleció en fecha tres (3) de febrero de dos mil seis (2006), tal como se desprende de Acta de Defunción de fecha 03/02/2006 emitida por el Registro Civil de la Parroquia San José, Municipio Libertador del Distrito Capital; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a la solicitante en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZ TEMPORAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
GRELIN MIJARES
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2014-010
GM / MMI / jge